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AUDIENCIA LABORAL
- Consulta : 143415
- Autor : valente_ruiz1_NR
- Publicado : Viernes 23 de Marzo de 2012 23:20 desde la IP: 189.196.133.241
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,072
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 23 de Marzo de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 259322
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Marzo de 2012 23:25 2012-03-23 23:25 desde IP: 187.194.30.36
PROCEDIMIENTO LABORAL ABREVIADO…
1…Se presenta la demanda y el acuerdo para que tengas la audiencia de ley corre de 20 a 60 días posteriores...dependiendo de la agenda laboral...no del procedimiento...
2... la primera audiencia, la de
CONCILIACIÓN...DEMANDA...EXCEPCIONES...OFRECIMIENTO Y ADMISICION DE PRUEBAS.....es en UNA SOLA AUDIENCIA... pero por cuestiones practicas... si en al conciliación se llega a un convenio... este hace las veces de laudo y con ello termina el proceso...
3...la audiencia de desahogo de medios de prueba para formar convicción en el presidente de la junta y de la junta debidamente integrada.... es de 20 a 60 dias posteriores a la fecha de la primera audiciencia... como te comento... esto es por agenda de trabajo y no por contenido legal del procedimiento....
4...los alegatos pueden ser en tres o cuatro palabras...alego tener la razón PUNTO... y se pide se dicte el laudo... ello ocurre una vez terminadas todas las pruebas ofrecidas....
5... el laudo puede ser dictado inmediatamente o ...por estudio y agenda de trabajo puede tardar de 6 meses a un año....por lo que si tu abogado pidió...salarios caídos y en la audiencia de conciliación tu patrón no te ofreció la reinstalación... tendrás la seguridad de cobrar estos CAIDOS a los que será condenado el patrón...mientras mas tiempo...mejor... y... aquí en el foro he visto... que dicen que tienen 10 años en un juicio laboral... a mi no me ha pasado... he tenido juicios que han durado 3 años...por agenda ...no por procedimiento....
6...la estrategia de tu abogado es que la patronal no se presentara a alguna de las juntas de conciliación...... en ese momento...se lleva todo el procedimiento en UN DIA... y el laudo puede salir al tercer día....en rebeldía de la patronal... esto es por procedimiento y no por agenda
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