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PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 140845
- Autor : beba_0507_NR
- Publicado : Lunes 05 de Marzo de 2012 17:30 desde la IP: 201.116.60.5
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,079
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 05 de Marzo de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
HOLA, BUENAS TARDES, JUDITH TENGO 2 HIJOS MENORES DE EDAD, HECE 2 AÑOS OBTUVE EL DIVORCIO DE COMUN ACUERDO, EN EL CUAL MI EX POSO QUEDO QUE LE HIBA A PASAR UNA PENSION A SUS HIJOS DE $1.000 MENSUALES CLARO PARA AMBOS, SIN EMBARGO NO HA CUMPLIDO HASTA LA FECHA CON NINGUNA MENSUALIDAD, YO NO LO HE VISTO, PERO SI SE DONDE TRABAJA QUISIERA QUE ME ASESORAN PARA VER COMO LO PODEMOS OBLIGAR CON LA PENSION.
LES AGRADECERE MUCHA SU ATENCION
GRACIAS
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 256961
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Fecha de respuesta: Lunes 05 de Marzo de 2012 17:41 2012-03-05 17:41 desde IP: 187.154.53.243
Estimada Judith o Beba:
Usted tiene que contratar los servicios de un abogado, preferentemente especialista en materia familiar, para que promueva ante el Juzgado correspondiente, la solicitud de cobro de pension alimenticia a la fuente de trabajo (empresa, compañia o negocio) para que via nomina se le descuente al deudor dicha obligacion.
Recuerde; la empresa para la cual trabaje su ex marido, tendra que estar formal y legalmente establecida debido a que el personal del juzgado no estara buscando negocios o empresas fantasmas.
Tenga Usted mucho sigilo con su abogado, ya que si el deudor se entera, puede ser capaz de renunciar para evitar el que le hagan pagar (en la actualidad existen muchos pajaros de cuenta que no tienen trabajo estable para sustraerse a la accion de la justicia.
Mucha Suerte.
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Autor
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AutorRespuesta No: 256964
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Fecha de respuesta: Lunes 05 de Marzo de 2012 17:49 2012-03-05 17:49 desde IP: 187.194.31.141
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