Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

SE PUEDE SUSPENDER DEFINITIVAMENTE UNA PENSION ALIMENTICIA?

  • Consulta : 140665
  • Autor : Hongduda
  • Publicado : Sábado 03 de Marzo de 2012 14:14 desde la IP: 201.114.74.95
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,081
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • Hongduda
    USUARIO REGISTRADO

    Buen dia, hace un par de años hice una consulta sobre este mismo tema que me sirvio muchisimo para tomar decisiones legales y ojala que me puedan volver a orientar.

     

    Mi pareja, con quien vivo desde hace 3 años y tengo una casa en comun (a mi nombre) es divorciado con 2 hijos. El divorcio se completo hace casi 4 años y en aquel entonces, con tal de que la ex esposa accediera a firmar el divorcio voluntario, mi pareja acepto pagar una cantidad estratosferica mensual por concepto de pension alimenticia (mas de 15,000 mensuales por 2 niños de 10 y 8 años) ademas de pagar integramente sus seguros medicos, una beca-seguro que tienen ambos, las inscripciones anuales a su colegio privado.... Ademas de todo esto la ex le exigio dejarle la casa donde ella vive con los hijos, el coche y dejar en garantia una pequeña casa de interes social que el compro en esa misma ciudad. Mi pareja no ha podido conseguir un trabajo estable en estos años y logicamente no pudo seguir pasandole esa cantidad a la ex; ella nunca habia trabajado pero desde el divorcio comenzo a tener ingresos por abajo del agua y SI tiene recursos para apoyar con la manutencion de los hijos, pero no hay manera de probarlo porque no es empleada en alguna institucion o empresa. Sin embargo, al ritmo que gasta, no hay dinero que alcance y ahora quiere que mi marido le ceda la casa que habia quedado en garantia para seguir viviendo a sus costillas. El dice que esta dispuesto a aceptar ese trato, con tal de que al ceder esa ultima propiedad con la que cuenta ya no se le pueda reclamar pension alimenticia. Pero eso es posible? Yo tengo entendido que la pension alimenticia es irrenunciable, y mucho me temo que con el dinero de la venta de esa propiedad solamente le alcance para vivir maximo un par de años (su valor no es muy alto) y cuando se le acabe quiera demandar a mi marido para que le siga pasando dinero. Ellos habian firmado un convenio que ahora sera modificado, pero no se que tan factible sea que esta condicion (el que mi marido no tenga que volver a dar pension a cambio de la casa) quede asentada en el nuevo convenio y se respete dentro de unos años... como finalmente los niños siguen siendo su responsabilidad y todavia les falta mucho para llegar a la mayoria de edad, yo considero que en cualquier momento ella puede volver a invocar su derecho a una pension, aunque le haya cedido la casa para evitar que asi fuera.... ignoro si ese sea el caso y es la asesoria que me gustaria recibir.

     

    Asimismo, en caso de llegar a un acuerdo, mi marido tendra que acudir a la ciudad donde vive esa persona para firmar los documentos correspondientes; su hermana ha fungido como mediadora y tambien estara presente pues va a firmar como su representante, pero en cuanto a mi presencia ahi, mi marido tiene miedo de que la ex se moleste al verme y se niegue a firmar, por lo cual asegura que no es conveniente que yo lo acompañe a la diligencia. Yo no estoy de acuerdo con lo anterior pues tiene mas de 3 años divorciado y no tiene por que seguir cediendo a chantajes o amenazas (sutiles o explicitas) de esa persona.... alguien que me pueda dar una opinion al respecto, tambien? Gracias de antemano por la ayuda.
     

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí







  • Autor
    Respuesta No: 257025

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Salvo la mejor opinión de los especialistas, y de manera breve por falta de tiempo, me permito señalar, que no considero que la opción de entregar el inmueble sea una opción viable, ya que efectivamente, las pensiones alimenticias son irrenunciables e impreibles, más sin embargo, si pueden ser modificadas sus cuantías, cuando existen causales probadas para ello. como pueden ser que la madre de los menores reciba ingresos propios y/o que el deudor alimentario tenga más acreedores alimentarios, no contemplados previamente, como nueva esposa e hijos, etc.





  • Autor
    Respuesta No: 257027

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Por cierto todos los gastos adicionales, que menciona, deben ser considerados como parte integrante del monto total de la pensión alimenticia y no de manera independiente. en cuanto a su asistencia personal a la audiencia, si no es indispensable, como testigo o apoderada de su esposo, no creo que sea conveniente (Aunque tiene usted razón, no debería de ceder a chantajes), pero para efectos prácticos, no abonaría en nada a mejorar la disposición de la señora, para acceder a un reajuste del monto de la pensión en sentido decreciente, cuando sus pretenciones son claramente adversas. Por lo que considero que en alguna debe caber la prudencia y creo que debe ser usted la que ceda, en no asistir si no es requerida. 



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión