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SE PUEDE ENDERESAR UNA DEMANDA POR DAñO MORAL
- Consulta : 140608
- Autor : jc.antonio.pineda_NR
- Publicado : Viernes 02 de Marzo de 2012 20:03 desde la IP: 187.158.5.98
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,104
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 02 de Marzo de 2012
Estado de Referencia: Chihuahua
Mi demanda es por daño moral, luego de 2 años de proceso, En mi demanda el juez dicto sentencia absolutoria en mi contra, con el argumento de que la razon social del demandado no esta escrita correctamente. mi pregunta es si puedo enderezar la demanda a pesar de la sentencia. y en su caso que hacer.
gracias por su atencion
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 256726
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Marzo de 2012 20:09 2012-03-02 20:09 desde IP: 187.201.28.47
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Autor
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AutorRespuesta No: 256737
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Marzo de 2012 21:01 2012-03-02 21:01 desde IP: 189.178.224.113
abogaditojose:
¿¡¿Sabe usted que el término preorio de las acciones de daño moral en general es el de dos años?!?.
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