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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA TRANSPORTE PUBLICO
- Consulta : 138373
- Autor : jpuerto76_NR
- Publicado : Sábado 11 de Febrero de 2012 12:10 desde la IP: 187.141.102.198
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,223
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 11 de Febrero de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 254248
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Fecha de respuesta: Sábado 11 de Febrero de 2012 12:13 2012-02-11 12:13 desde IP: 187.194.171.179
este tipo de contratos es atipico...est quiere decir que no estan en la ley y no tienen un valor... ya que npor ley...tu no puedes rentar una concesiòn...debes explotarla... no rentarla..cederla...venderla...traspasarla o hacer actos de dominio sobre ella... no es tuya... es del estado... tu solo tienes un derecho precario sobre la misma... la puedes perder...
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