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PERMISO FUNCIONES ELECTORALES

  • Consulta : 136339
  • Autor : MaximoDelatorre
  • Publicado : Lunes 23 de Enero de 2012 16:51 desde la IP: 148.243.159.121
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,126
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  • Autor
    Consulta

  • MaximoDelatorre
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas Tardes:

    Soy Servidor Publico de Carrera, (enlace), y me acaban de nombrar consejero distrital del IEDF, pero en mi trabajo me dicen que por ser servidor publico no puedo ser consejero distrital.

    El proble surje porque necesito una vez al mes dos horas antes de mi hora de salida, pero me dicen que por ser Servidor Publico, no se puede dar ese permiso, que eso es solo para ciudadanos normales y yo soy Servidor Publico.

    Lo revise en la LFT y si ahi si esta es el 132, pero en la LFTSE, no esta solo el 43 VIII e, pero no se hasta que punto si estoy en derecho o no.

    En especifico

    ¿la secretaria no esta obligada a darme permiso?

    ¿si cumpli y no estoy impedido para ser consejero, pero soy SP no debo ser consejero?

    ¿es obligacion o no que la secretaria me de facultades y en que me puedo fundamentar si es que se puede?

    de antemano.

    GRACIAS.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 253095

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Con el debido respeto que me merece y sin ánimo de ofenderle, si no sabe cuales son los impedimentos legales, para ser consejero electoral, quiere decir que desconoce la legislación electoral, tanto local como federal. Entonces, ¿Como pretende tener la capacidad para desempeñarse como tal?. Mi consejo es que estudie tooooda la legislación electoral local y federal, no solo para encontrar la respuesta a su problema, sino para en caso de ocupar tal cargo, no lo vaya a hacer en calidad de títere o vaya a cometer un delito o vaya a ser chivo expiatorio  de otro y que le salga más caro el caldo que las albóndigas.



  • Autor
    Respuesta No: 253109

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Por lo pronto sin ser experto en el tema. Le propongo para su estudio lo siguiente:

    CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

    Artículo 5º. Párrafo cuarto. Y 36 fracción V.

     

    LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO

    (Reglamentaria del apartado A, del artículo 123 constitucional -Aplicable supletoriamente al caso-)

    Artículo 132 fracción IX.

     

    LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.

    (Reglamentaria del apartado B, del artículo 123 constitucional)

    (Con fundamento en el artículo 5º. Párrafo cuarto. Y 36 Fracción V. De la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, (A reserva de que el cargo de Consejero Distrital Electoral, pueda considerarse incluido en dichas disposiciones).

    Artículo 43 fracción VIII (Que podría ser considerado inconstitucional). Y en correlación con el artículo 11 de la misma LFTSE y el 132 de la LEY FEDERAL DEL TRABAJO, con carácter supletorio.

     

    CÓDIGO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL

    Artículo 90 fracción X.

    Y además buscar jurisprudencia que pudiera haber al respecto.

     



  • Autor
    Respuesta No: 253110

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    En cuanto a las jurisprudencias y tesis en materia electoral, deberá consultarse las emitidas por los tribunales electorales que corresponda y de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación.



  • Autor
    Respuesta No: 253869

  • MaximoDelatorre
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchas Gracias Sr. Sergio:

    Desde luego conozco los impedimementos y demas cuestiones accesorias puesto realice un curso y ademas aprobe con las mas altas calificaciones el examen para serlo, la pregunta esta mas enfocada a la parte laboral y no a la electoral, como amablemente me comenta esa es el mismo fundamento juridico que expuse en la pregunta, en concreto era saber si en la secretaria estan obligados o no a darme el permiso para ausentarme

    La respuesta a si son funciones electorales, desde luego es si, respecto a lo establecido en el 5 CPEUM cuarto parrafo, y si estan obligados.

    De antemano muchas gracias, aunque tarde pero tuvo la gentileza de contestar.



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