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ASESORIA VENTA DE VEHICULO
- Consulta : 134538
- Autor : moeax_alexa_NR
- Publicado : Viernes 06 de Enero de 2012 14:03 desde la IP: 187.164.47.95
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,219
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 06 de Enero de 2012
Estado de Referencia: Jalisco
Buen dia, necesito asesoria para realizar la recuperacion de un vehiculo, resulta ser que en el mes de junio del 2011 se hizo un arreglo por la venta del coche, en el cual se acordaba que el pago se realizaria en abonos semanales durante dos meses, haciendo un primer pago y el resto en fechas señaladas por el comprador, por lo que se realizo un contrato de compra donde se mencionan las fechas para cada pago, al llegar la fecha del primer pago el comprador solicito una prorroga para realizar los pagos, incumpliendo con lo establecido en el contrato firmado por el, ya estamos en enero del 2012 y no ha realizado pago alguno, y el comprador me comenta que ya lo vendio y no me lo ha liquidado, yo tengo toda la documentacion del coche asi como el contrato y los pagares que el me firmo, se donde tiene el vehiculo, la pregunta es que procedimiento debo realizar para recuperar el vehiculo, ya que no he levantado ninguna demanda al respecto, por no perjudicar al comprador, si me presento en el lugar donde esta el coche y con la documentacion del mismo acredito la propiedad, me lo puedo llevar o necesito de alguna instancia legal para proceder, de antemano muchas gracias por su ayuda.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 250549
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Fecha de respuesta: Viernes 06 de Enero de 2012 14:30 2012-01-06 14:30 desde IP: 201.170.215.230
Buenas tardes, te recomiendo que acudas con un abogado y le lleves el contrato de compraventa, este debera verificar el clausulado de dicho contrato para poder proceder en la via civil por incumplimiento de contrato en contra del comprador y poder reclamar la devolucion del vehiculo si eso quedo estipulado en el contrato.
Por otro lado puedes iniciar un Juicio Ejecutivo mercantil con los pagares vencidos y firmados por el deudor, para embargarle bienes de su propiedad suficientes para cubrir el adeudo.
Espero te haya servido lo anterior.
Saludos.
Lic. Ruben Armando Chavez Huitron
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