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ME PODRIAN AYUDAR CON UN CONSEJO
- Consulta : 133949
- Autor : nr_NR
- Publicado : Jueves 29 de Diciembre de 2011 20:04 desde la IP: 189.142.226.108
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,097
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 29 de Diciembre de 2011
Estado de Referencia: Hidalgo
Buenas noches resulta que me notificaron el dia 15 de diciembre una demanda de pension alimenticia de un juzgado de san luis potosi yo radico en Pachuca, mi intencion es allanarme a la demanda alguien me podria ayudar para hacerlo, gracias por su atencion
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 249788
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Diciembre de 2011 20:14 2011-12-29 20:14 desde IP: 189.216.122.144
Es mas practico que usted se traslade al Juzgado de lo Familiar en San Luis Potosi, solicite al Secretario de Acuerdos le tome comparecencia en la cual usted habra de manifiestar que se allana a la demnada instaurada en su contra.
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AutorRespuesta No: 249789
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Diciembre de 2011 20:20 2011-12-29 20:20 desde IP: 189.142.35.196
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AutorRespuesta No: 249792
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Diciembre de 2011 20:47 2011-12-29 20:47 desde IP: 189.216.122.144
Leovilmar
A Partir del proximo lunes dos de enero de 2012 los tribunales regresan de vacaciones, los nueve dias mas los cinco que por razon de distancia le concedio el Juez de San Luis Potosi, son habiles, asi que contabilice usted desde el dia que lo notificaron de manera personal, el primer dia comienza a correr al dia siguiente que lo notificaron
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AutorRespuesta No: 249793
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Diciembre de 2011 20:47 2011-12-29 20:47 desde IP: 189.216.122.144
Leovilmar
A Partir del proximo lunes dos de enero de 2012 los tribunales regresan de vacaciones, los nueve dias mas los cinco que por razon de distancia le concedio el Juez de San Luis Potosi, son habiles, asi que contabilice usted desde el dia que lo notificaron de manera personal, el primer dia comienza a correr al dia siguiente que lo notificaron
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AutorRespuesta No: 249795
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Diciembre de 2011 20:54 2011-12-29 20:54 desde IP: 189.142.19.207
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AutorRespuesta No: 249797
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Diciembre de 2011 20:59 2011-12-29 20:59 desde IP: 200.76.90.174
Bueno para cuantificarlos hay que ver que dia salieron de vacaciones y que dia regresan, porque algunos juzgados salieron desde el 12 de diciembre otros como el estado de mexico el 22, y algunos regresan el 2 y otros hasta el 5 de enero asi que hay que revisar la pagina del poder judicial del estadod e san luis, para poder cuantificar los dias.
Respecto al allanamiento quiero suponer que estas de acuerdo con lo que provisionalmente te van o estan descontando de pension alimenticia, pero no por ello signifique que en la sentencia definitiva confirme ese porcentaje, como puede subir como bajar, asi que consideralo, lo que puedes hacer es hablar con la actora y tratar de llegar a un convenio asi en audiencia conciliatoria, una vez que contestes allanandote o negando los hechos segun sea el caso, se pongan de acuerdo y ese convenio lo eleven a calidad de cosa juzgada y asi no habra sorpresas.
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AutorRespuesta No: 249798
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Diciembre de 2011 21:00 2011-12-29 21:00 desde IP: 189.142.19.207
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AutorRespuesta No: 249799
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Diciembre de 2011 21:05 2011-12-29 21:05 desde IP: 189.216.122.144
Leovilmar
No se preocupe, hace bien en preguntar, el perido vacacional decembrino NO se consideran como dias habiles, asi que usted se encuentra dentro del temrino de timepo concedido por el Juez.
Ahora bien, si lo notificaron el dia 15 el termno corre desde el dia 16 de diciembre 2011 y 2, 3, 4, 5, 6, 9, 10, 11, 12, 13, 16, 17 y 18 DE ENERO 2012.
Fechas que corresponden a los nueve dias mas cinco que le concedieron por razon de distancia
Asi se contabilizan los dias habiles.
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AutorRespuesta No: 249801
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Diciembre de 2011 21:13 2011-12-29 21:13 desde IP: 200.76.90.174
ABOGAMAU68, no tengo a la mano la legislacion de esa entidad, pero en algunas entidades los plazos comienzan a correr al dia sigueitne a aquel en que surten efectos las notifiaciones, pregunto porque posiblemente usted tenga a la mano la legislacion, y el calendario de labores.
En cuanto al consultante de que si surte los mismo efectos contestar allanandose o no contestar, y mi respuestas es no, ya lo puse en mi comentario anterior.
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AutorRespuesta No: 249814
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Diciembre de 2011 21:51 2011-12-29 21:51 desde IP: 187.144.165.191
deja de hacewrle al cuento... el dia dos de enero... acude a un abogado que contestte la demanda en slp... y que te lleve a ratificar el contenido del allanamiento y a solicitar se dicte la sentencia... no hagas nada tu... deja que sea un abogado el que haga las cosas... lo vas a echar a perder... como todos aquellos que quieren ahorrarse una lana... haz las cosas bien....
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AutorRespuesta No: 249818
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Diciembre de 2011 22:02 2011-12-29 22:02 desde IP: 189.216.122.144
FAUSTO LUNA
Abogado buenas noches respondo a su pregunta:
Del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosi señala que:
CAPITULO VI
De los términos judiciales
Artículo 123.- Los términos judiciales empezarán a correr desde el día siguiente a aquél en que se hubiere hecho el emplazamiento o notificación.
El periodo vacacional decembrino en el TSJSLP es del dia 19 de Diciembre al 02 de enero de 2012
Saludos al usuario y a los colegas participantes Feliz Año Nuevo!
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AutorRespuesta No: 249820
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Diciembre de 2011 22:06 2011-12-29 22:06 desde IP: 187.144.165.191
jajajajaj...dejen que haga las cosas bien... que busque un abogado,... de la zona y que este lleve el asunto... como debe ser...
que no estudiaron eso del ser y el deber ser.... ???????????
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AutorRespuesta No: 249825
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Diciembre de 2011 22:19 2011-12-29 22:19 desde IP: 200.76.90.249
jajajaja mi buen colega Garovalo gusto saludarle.
En cuanto al forista abomau68 unicamente era mi duda para no estar dando un mal consejo al consultante que bueno que fundamente su respuesta.
y al consultante es muy cierto lo que comentan acude con un abogado y dejalo que haga su trabajo. Logico es que todo tiene un costo, pero si lo haces por tu cuenta podra salirte a la larga mas caro.
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AutorRespuesta No: 249827
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Diciembre de 2011 22:23 2011-12-29 22:23 desde IP: 187.144.165.191
saludos y abrazos... maestro fausto... ya recibi tu faisbu... y te digo desde orita... no voy a dar mi nacha a torcer... no dejo que vean mi bello rosrtro en faisbu... saludos y suerte en este 2012,,,, que la vamos a neceistar hasta qwue cambiemos a un poder superio... como el tricolor... y arriba yo... que PRImero es mexico...
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