- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
PROCEDER AL COBRO DE PAGARé
- Consulta : 133420
- Autor : falemano26
- Publicado : Martes 20 de Diciembre de 2011 21:46 desde la IP: 189.143.118.73
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,109
-
AutorConsulta
-
Publicado el Martes 20 de Diciembre de 2011
Estimados Abogados:
Mi situación es la siguiente, el 20 de noviembre una señora cuya ocupación es vendedora por catalogo, solicito un prestamo a otra mujer de $32,000.00 (Treinta y dos mil pesos 00/100 MN) procediendo a firmar un pagaré por dicha cantidad que se devengaria el día 20 de diciembre, un plazo de un mes. El problema surge cuando al querer hacer efectivo el pagaré esta persona se negó a realizar el pago. Quisiera saber de que manera puedo hacer efctivo el cobro de este documento.
Muchas Gracias.
Dr. Omar Alemán
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 248541
-
Fecha de respuesta: Martes 20 de Diciembre de 2011 22:02 2011-12-20 22:02 desde IP: 201.145.165.153
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 248542
-
Fecha de respuesta: Martes 20 de Diciembre de 2011 22:02 2011-12-20 22:02 desde IP: 201.145.165.153
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 248543
-
Fecha de respuesta: Martes 20 de Diciembre de 2011 22:09 2011-12-20 22:09 desde IP: 200.76.90.147
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 248547
-
Fecha de respuesta: Martes 20 de Diciembre de 2011 22:27 2011-12-20 22:27 desde IP: 189.143.118.73
Muchas gracias licenciados, escribo de la delegacion Gustavo A. Madero en el Distrito Federal, y tengo otra duda, que tan factible es que se haga efectivo el cobro del mismo? y de que manera se puede hacer para obligar a esta persona a pagar el documento?
Muchas gracias de nuevo.
Dr. Omar Alemán
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 248563
-
Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Diciembre de 2011 00:18 2011-12-21 00:18 desde IP: 201.145.165.153
HOLA
SI ES FACTIBLE COBRARLO, POR EL SOLO SIMPLE HECHO DE QUE NO PUEDES PERDER TANTO DINERO.
Y LA FORMA DE OBLIGARLO ES PROCEDIENDO AL EMBARGO DE BIENES, DE ESTA FORMA LO PUEDES PRESIONAR .
O COMO TE MENCIONA EL LIC FAUSTO, EL COSTO ES DEPENDE DEL ABOGADO.
CUALQUIER ACLARACION PUEDES MANDARME UN MENSAJE A MI CUBICULO(DONDE DICE VISITA MI CUBICULO)
SALUDOS
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 248824
-
Fecha de respuesta: Jueves 22 de Diciembre de 2011 18:16 2011-12-22 18:16 desde IP: 200.76.91.40
Mira por lo general una vez que se traba el juicio ejecutivo mercantil, en la primer diligencia se requiere de pago al demandado, en caso de que no pague se trabara embargo, claro esta que siempre y cuendo tenga bienes, porque sino los hay, tendras que buscar por otros medios legales.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 248833
-
Fecha de respuesta: Jueves 22 de Diciembre de 2011 18:44 2011-12-22 18:44 desde IP: 201.141.125.96
Debe Usted diferenciar bien el concepto de "cobro del pagaré" y el de "obtener una sentencia condenatoria", Que Usted puede demandar mediante la acción ejecutiva mercantil el cobro del documento denominado pagaré, si, que puede obtener una sentencia condenatoria que obligue a la sus.crip.tora del mismo a pagar sí, que pueda embargar o recuperar su dinero, eso es otra cosa. Si prestó dinero sin previamente verificar la capacidad económica del sus.criptor, ese sí es un problema, si no hay bienes para embargar y el suscrip.tor no le paga, tendrá que enmarcar su sentencia, y que properen otras acciones legales pués quién se lo asegure que le garantice con fianza el resultado. Nadie puede ser procesado penalmente por deudas de carácter civil.
-
Autor






