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A LOS ALBAÑILES SE LES PAGA AGUINALDO?
- Consulta : 133258
- Autor : juan_jar
- Publicado : Domingo 18 de Diciembre de 2011 17:20 desde la IP: 189.142.220.41
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,221
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 18 de Diciembre de 2011
Hola.
Tratare de ser breve, desde hace un año contrate el servicio de una albañil sin intermediarios es decir sin contratistas, me arregle directamente con él para que construyera una pequeña casa en el estado de michoacán; es de señalar que nunca hubo un contrato ni ningún tipo de acuerdo por escrito, todo fue de manera verbal. Inicialmente acordamos que le pagaría $1000 semanales, no importanto la cantidad o la dificultad del trabajo que realizara en esa semana, transcurrieron seis meses sin muchas novedades, medianamente trabajaba y yo le pagaba de manera puntual, después de los primeros seis meses, comence a darme cuenta que los avances en la cosntrucción eran mínimos, por lo quedecidi pagarle a destajo, es decir, acorde que me diera el precio de cada cosa que hiciera y al termino de cada actividad yo le pagaba el total del precio; hace como cuatro meses la calidad de su trabajo empezo a bajar por lo que ya no estoy agusto con su trabajo, al intentar prescindir de sus servicios me amenazó diciendo que tengo la obligación por ley de pagarle aguinaldo, eso es cierto?. Agradezco su atención y espero su pronta respuesta.
Juan José Avendaño Ramos.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 248295
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Diciembre de 2011 19:32 2011-12-18 19:32 desde IP: 200.52.190.187
Si , por ley se tiene que pagar el aguinaldo al trabajador. la cantidad de 15 dias de salario.
Los contratos son vervales o escritos y tienen validez.
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Autor
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AutorRespuesta No: 248372
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Fecha de respuesta: Lunes 19 de Diciembre de 2011 16:40 2011-12-19 16:40 desde IP: 189.203.69.90
Es correcto está Ud. obligado a pagar aguinaldo y todas las prestaciones que por Ley, tiene derecho
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Autor
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AutorRespuesta No: 248406
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Fecha de respuesta: Lunes 19 de Diciembre de 2011 23:25 2011-12-19 23:25 desde IP: 201.141.122.130
Si pagándole el aguinaldo de 15 días se lo quita de encima, hágalo de inmediato, porque de seguir con el conflicto le puede demandar el despido injustificado, cuotas del Seguro Social, SAR y hasta un "accidente" de trabajo.
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