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DONACIóN CON GOCE DE USUFRUCTO VITALICIO
- Consulta : 133181
- Autor : lilia_tetos_NR
- Publicado : Viernes 16 de Diciembre de 2011 23:24 desde la IP: 189.129.227.67
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,094
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 16 de Diciembre de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
Tengo tres hijos, pero solamente a uno de ellos le cedí la propiedad de mi casa, se escrituró a nombre de ella y yo gozo de usufructo vitalicio.
Me podrían informar a que tengo derecho mientras viva en esa casa y como las escrituras estan en poder del esposo de ella, mi temor y pregunta es si él puede hacer mal uso de ellas . No sé por qué se posesionó de ellas, yo las necesito para pagar mi predial, ya que soy jubilada y quiero saber quién debe tenerlas en su poder.
Agradezco de antemano su atención.
mdv
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 248180
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Diciembre de 2011 23:47 2011-12-16 23:47 desde IP: 201.141.50.146
Usted tiene el derecho de usar y disfrutar del bien hasta sus últimos días, incluso puede correr a quién esté viviendo en el inmueble si así lo desea, pero no de disponer del mismo (vender), en consecuencia no está obligada a pagar el predial, quien lo tiene que pagar es el dueño, su hija ¿por qué está pagando Usted el Predial?. La posesión del título de propiedad es irrelevante, aunque Usted ya no tiene porqué intervenir en ello, si le preocupa puede acudir al Instituto de la Función Registral del Estado de México o al notario que escrituró para que le expida una nueva escritura y ya.
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Autor
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AutorRespuesta No: 248188
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Fecha de respuesta: Sábado 17 de Diciembre de 2011 02:41 2011-12-17 02:41 desde IP: 201.141.117.210
Ahora bien, por tratarse de una donación y si Usted sigue pagando el impuesto predial y no recibe apoyo económico de la donataria, bien podrá demandar la nulidad de esa nonación además de los alimentos, por ingratitud.
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AutorRespuesta No: 248193
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Fecha de respuesta: Sábado 17 de Diciembre de 2011 08:18 2011-12-17 08:18 desde IP: 187.149.181.243
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Autor
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AutorRespuesta No: 248216
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Fecha de respuesta: Sábado 17 de Diciembre de 2011 15:27 2011-12-17 15:27 desde IP: 187.194.50.162
Los bienes donados, no son parte de la liquidaciòn de la sociedad conyugal, si el temor que te invade es que el marido de tu hija quisiera quitarle su casa en un divorcio.
Tienes derecho a vivir en la casa y hacer uso de ella como tu quieras, y la nuda propietaria no tiene porque vivir en ese domicilio, el usufructuario puede rentar la casa,
El usufructario no puede vender, ceder o donar, o permutar o dar en garantia la cosa en usufruto, solo vivir en ella o rentarla.
Tu no tienes porque pagar el predial, eso le corresponde al nudo propietario, tu hija.
Le puedes pedir a tu yerno que te entregue las escrituras y si no lo hiciera, hay una copia en el registro publico, ahi puedes pedir la copia e iniciar la acciòn penal en contra de tu yerno, por el delito de robo, y la sospecha de hacer uso indebido de esos documentos, el no tiene razòn, causa o motivo legales para tenerlos, son propiedad de tu hija y tuyos, hasta que te mueras, momento en el que tu hija podra hacer con su casa lo que ella quiera; tu no puedes testar sobre la cosa donada y en usufructo, muerta tu, se acaba el usufructo y tu hija sabra que hacer con sus cosas.
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