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PENSIóN POR INVALIDEZ YA NO SIENDO DERECHOHABIENTE IMSS
- Consulta : 132925
- Autor : gabriello10_NR
- Publicado : Miércoles 14 de Diciembre de 2011 07:14 desde la IP: 187.179.164.96
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,079
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 14 de Diciembre de 2011
Estado de Referencia: Quintana Roo
Hola, nuestro problema reside en que mi papa en Noviembre del 2010 tuvo un desvanecimiento dentro del imss cuando recientemente yo lo habia afiliado con mi NSS, ya que el habia dejado de laborar casi un año antes por problemas de salud, ya que se sentia mal, pero no nos decia a mi hermano y a mi, sin embargo como nosotros le ayudamos en pago de renta y muchas cosas pues no lo notabamos. el punto es que en ese le detectaron Enfisema, fallas cardiacas (corazon trabajando al 30%), hipertension, diabetes (actualmente ya perdió un 40% de vision), algunos medicos como el cardiologo y el medico familiar mencionaron que si es acreedor a una pension, pero al subir a las áreas administrativas nos dicen que por no ser mi papa derechohabiente no podrian tramitarle la pension individual. Pero por lógica al tener todos esos males él ya no puede laborar y nadie querria darle empleo, algunas personas han escuchado rumores de que si se podria, he consultado con un licenciado, el cual me dice que si se podria intentar, pero como todo en la vida tiene un costo, el dinero de la pension a recibir no es mucho, no podria yo pagarle. actualmente mis papas dependen de mi, ya que mi hermano se hiso a un lado de los gastos, tengo dos hijos y esposa que mantener, asi como todos los gastos ordinario y pago de la casa. Ojala pudieran uds ayudarme u orientarme sobre alguna manera de conseguir la pension de mi papa, ya la preocupacion de el es dejar a mi mama desamparada, cosa que no sucederia, mientras este yo, pero no puede él estar tranquilo.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 247917
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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Diciembre de 2011 14:25 2011-12-14 14:25 desde IP: 189.152.228.154
Para tener derecho apensión de invalidez se requiere que su padre haya cotizado 150 semanas si fue dado de alta antes de julio de 1973 .Así como 250 semanas si cotizo despues de esa fecha sin embargo si los servicios institucionales del imss califican el dictamen superior al 75% solo se requiere 150 semanas cotizadas.
Ademas es de primer orden estar en conservación de derechos es decir al momento de que ocurra el siniestro estar dentro de este periodo, esto equivale al 25 % de las semanas a partir de la fecha de baja.Sin esto no veo como poder tramitar la pensión y que la resolución sea favorable.
saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 247997
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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Diciembre de 2011 23:25 2011-12-14 23:25 desde IP: 187.179.164.96
Hola Wofito:
Mi papa cuenta con 58 años hasta abril del 2012 cumplirá los 59, comenzó a laborar cotizando ante el imss en 1971 o 1972 y él dice tener 1,100 semanas cotizadas, pero en el Imss donde le toca consulta (usando mi NSS), nos han dicho que debe de tener 1,250 semanas, para ser apto a una pensión. Mi pregunta es: No se podrá obtener con estas semanas que él alcanza?, al menos a la pensión por invalidez.
No entendí lo que es estar "en conservación de derechos", "estar dentro de este periodo" y lo del "25% de las semanas a partir de la fecha de baja".
Muchas Gracias por su ayuda y responder tan pronto. yo solo puedo responder por la noche que llego de trabajar.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 248021
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Diciembre de 2011 12:01 2011-12-15 12:01 desde IP: 189.152.228.154
Gabriello 10.
Su papa si fue dado de alta en el seguro social en 1971 0 1972 como dice o bien hasta el primero de julio de 1997, sera sujeto para pensiones por la ley 1973. En esta para pensiones por invalidez se necesita tener 150 semanas cotizadas y para pensiones de cesantía en edad avanzada o vejez 500. Para la ley 1997 en efecto para los mismos ultimos ramos son 1,250 semanas .
Le explico como es la conservacion de derechos , vamos a suponer que su papá tiene 1,100 semanas cotizadas el 25 % de estas son 275 semanas que equivale ha cinco años y catorce semanas esta es la conservación de derechos, si por ejemplo a el lo dieron de baja en su empleo en el año del 2005 cuando cumpla 60 años en el 2013 ya no estara en conservación de derechos y no tendra derecho a pensión .Y si por ejemplo esa baja fue en el 2008 cuando llegara a sesenta tendria conservados los derechos adquiridos.
Cuando lo dieron de baja? .acuda al imss y solicite lo tiene que hacer su papá, el número de semanas cotizadas y vendra en la forma la fecha de baja.
Me da gusto tratar con un buen hijo, debe de ser excelente padre y esposo.así siga
saludos,.
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Autor
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AutorRespuesta No: 248061
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Diciembre de 2011 07:32 2011-12-16 07:32 desde IP: 187.179.164.96
Hola de nuevo y muchas gracias nuevamente Wofito. Revisando papeles encontre una hoja de mi papa que le otorgo el IMSS el 25 de Mayo de este año. donde mencionan las semanas cotizadas: Aparece la Delegacion, Subd., UMF y luego "Prest. Solic.: 51 Semanas Cotizadas". Más abajo a la izquierda menciona lo de la ley de 1973 donde menciona la fecha de baja como el 09 de Nov del 2009 y dice que las semanas reconocidas son 1,205, que su conservacion de derecho sería hasta el 06 de Nov. del 2015. A la derecha menciona sobre la ley de 1997, donde dice "semanas cotizadas: 1,250, semanas a descontar: 45 (por disposicion de recursos de la cuenta individual, que serán descontadas de las semanas cotizadas". Aun teniendo estos datos tendríamos que esperar hasta que cumpla la cesantia para poder iniciar los tramites de pensión?, o desde ahora se podría iniciar el tramite por invalidez?, ó que es lo que podríamos alcanzar, ya menciono mi papa que aunado al interes de dejar a mi mama amparada con una pension tambien tiene interes en retirar lo que infonavit otorgue ya que nunca ejerció ningún credito, ya cheque algo sobre eso, y no creo que haya problema, pero si necesitan que la persona que solicita la remuneración ante el Infonavit este pensionado (a). Y viendo las cosas como están, la verdad no creo que mi papa logre estar con nosotros mas de dos años, aunque deseo que sean muchos mas. Tengo los miles de papeles que nos han dado del IMSS con todas las pruebas y examenes que le han aplicado. Y no sé por cuanto tiempo me estarás asesorando, je, pero muchas gracias por todo, lento mi aprendizaje, pero me estas ayudando a aclararme muchas dudas, mas bien cosas que desconocia por no ser necesarias para mi actualmente, pero que me serán de valiosa ayuda mas adelante.
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Autor
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AutorRespuesta No: 248064
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Diciembre de 2011 10:32 2011-12-16 10:32 desde IP: 189.152.228.154
Gabriello 10.
En efecto como su papá se encuentra en conservación de derechos podra de una vez tramitar la pensión de invalidez.
Acuda a los servicios medicos de salud en el trabajo en el imss,para que estos dictaminen la invalidez y ya expedido el formato ST-4 remitirse a tramite de pensión.
saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 248178
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Diciembre de 2011 23:33 2011-12-16 23:33 desde IP: 187.179.164.96
Muchas Gracias Wofito, no se si se pueda en esta pagina, pero me gustaria saber tu nombre para tener en cuenta a quien me ha ayudado mucho. Solo me quedó una duda, si ya me confirmaste que mi papa si puede solicitar su pension, tendria que ser bajo el regimen de 1973 o el de 1997?.
Muchas Gracias!!
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Autor
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AutorRespuesta No: 249710
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Diciembre de 2011 06:40 2011-12-29 06:40 desde IP: 187.179.164.96
Hola nuevamente Wofito, comentandote que, ya nos presentamos con la trabajadora social del IMSS, pero nos dice que es necesario que mi papa este vigente para tramitar la pension por invalidez o en su caso esperar hasta que cumpla su cesantía. Por lo tanto aunque los medicos nos digan que es apto (cosa que ya nos han dicho) no nos serviria de nada, segun ella. Podrías tu decirme la manera correcta o como tendría yo que hacer para poder conseguir la pension o si de plano es necesario meter a un licenciado en esto. Muchas Gracias y Lindo Fin de Año!!.
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Autor
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AutorRespuesta No: 249873
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Diciembre de 2011 11:34 2011-12-30 11:34 desde IP: 189.152.177.162
La trabajadora social no sabe de lo que habla la ley habla de la conservación de derechos, acuda directamente antes de acudir a abogados, al organo interno de control del imss. le paso tambien el propio portal del imss en donde ratifica mi dicho.
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- "//imss.gob/oic">Órgano Interno de Control
-
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-
"//imss.gob/transparencia">Transparencia
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"//imss.gob/instituto/pages/index.aspx">Acerca del IMSS
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AutorRespuesta No: 249874
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Diciembre de 2011 11:38 2011-12-30 11:38 desde IP: 189.152.177.162
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Autor
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AutorRespuesta No: 250192
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Fecha de respuesta: Martes 03 de Enero de 2012 06:32 2012-01-03 06:32 desde IP: 187.179.164.96
No te preocupes, y muchas gracias por responder. solo un pregunta, crees que en caso de negarse me ayude el hecho de llevar a mi papa con medicos particulares que avalen por escrito que el ya no esta apto para trabajar?. y buen inicio de semana... ;)
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