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ABANDONO DE HOGAR

  • Consulta : 132718
  • Autor : jdomsa_NR
  • Publicado : Domingo 11 de Diciembre de 2011 20:41 desde la IP: 189.138.191.14
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,086
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  • Autor
    Consulta

  • jdomsa_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Morelos

    mi esposa se fue de la  casa mientras yo estaba en el trabajo, se llevó a mi hijo y el primer día me contesto el teléfono para decirme que vería a mi niño cuando lo decidiera un juez, desde entoneces no puedo contactarla, y no tengo los papeles legales pq también se los llevó, ella se fue sin avisar y estoy seguro que mi hijo fue forzado a irse, quiere mucho a su mamá pero tambien tiene una relacion excelente conmigo, yo temo que si levanto una demanda por abandono de hogar y sustraccion de menor el pleito se haga más hóstil y eso dañe a mi hijo, eso es lo que menos quiero, pero sospecho que ya está asesorada por un abagoda y que quieran dejarme ver a mi niño lo menos posible, además de la pensión más alta. ojalá me ayuden porque estoy desesperado, yo quiero quedarme con la custodia de mi hijo, que chances tengo de obtenerla.

    gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 247733

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    HOLA BUENAS NOCHESO

    "y no tengo los papeles legales pq también se los llevó, ella se fue"

    A QUE PAPELES LEGALES TE REFIERES ?

    "si levanto una demanda por abandono de hogar y sustraccion de menor el pleito se haga más hóstil y eso dañe a mi hijo"

    EL HECHO DE PROCEDER POR ABANDONO DE HOGAR NO SERIA ADECUADO, YA QUE ESTE HECHO , SOLO TE SERVIRIA PARA PROMOVER UN JUICIO DE DIVORCIO NECESARIO EN CONTRA DE LA MADRE, PERO PARA QUE SEA PROCEDENTE ESTO , PRIMERO TENDRIA QUE PASAR MAS DE SEIS MESES DEL ABANDONO DEL HOGAR.

    Y CON RESPECTO ALA SUSTRACCION DE MENORES NO PRODECE, POR QUE LA MADRE EJERCE SOBRE EL MENOR LA PATRIA POTESTAD

    SUSTRACCIÓN O RETENCIÓN DE MENORES O INCAPACES

    ARTICULO 203.- Al que sin tener relación familiar o de tutela con un menor de edad o incapaz, lo

    sustraiga o lo retenga, sin el consentimiento de quien tenga su legítima custodia o guarda, se le

    impondrá de uno a cinco años de prisión.

     

    LOS ALIMENTOS DEBEN SER DETERMINADOS POR EL JUEZ DE ACUERDO A LA CAPACIDAD DEL DEUDOR Y NECESIDADES DEL MENOR.

    Y CON RESPECTO A PELEAR LA CUSTODIA DE TU HIJO , NO CREO QUE TE LA OTORGUEN, NO MENCIONAS LA EDAD DEL MENOR, PERO SI ES MENOR DE DIEZ AÑOS LO VEO DIFICIL.

    MENORES DE DIEZ AÑOS. ES LA MADRE QUIEN EN PRINCIPIO HA DE HACERSE CARGO DE LA GUARDA Y CUSTODIA DE AQUÉLLOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

    De acuerdo con el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se reconocen los derechos del varón y de la mujer como iguales ante la ley, la cual protege la organización y el desenvolvimiento de la familia, así como el derecho de los niños y las niñas a la satisfacción de sus primordiales necesidades que les permitan un desarrollo integral, tanto que el Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de todos sus derechos. Ahora, si en un asunto determinado se plantea y discute la conveniencia de la guarda y custodia, así como la persona idónea para ejercerlas, la madre sí puede ser considerada apta e idónea para cuidar y velar de manera ideal en su seguridad a los hijos menores de diez años de edad, lo que es acorde con el numeral 4.228 del Código Civil para el Estado de México que así lo previene, lo cual se apega al derecho familiar que tutela la propia Constitución Fundamental.

     

    LO MEJOR SERIA QUE PELEARAS POR UNA CONVIVENCIA FAMILIAR EQUITATIVA.

     

    SALUDOS

     

     



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