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DERECHOS DE AUTOR
- Consulta : 132712
- Autor : jguerreroc_NR
- Publicado : Domingo 11 de Diciembre de 2011 17:04 desde la IP: 189.245.86.122
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 11 de Diciembre de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes:
Soy Licenciado en Diseño Gráfico (LDG) trabajo para una Agencia de publicidad y la verdad los diseños que realizo, así como las ideas que propongo son aceptadas en su totalidad con un mínimo de cambios, sin embargo el dueño de la agencia no reconoce mi trabajo no osbtante que las empresas y marcas de artículos que le solicitan sus servicios lo han felicitado por el resultado del mismo.
Ahora me han ofrecido en otra empresa mis servicios con mejores prestaciones y salario del que actualmente tengo, aparte de que en la agencia en la que laboro actualmente no tengo ningún contrato laboral firmado y tampoco prestación alguna (todo ha sido de palabra), mi pregunta principalmente para ustedes es si puedo y es valido, que en los trabajos que realizo y que éstos se publican, les pueda poner alguna marca o firma aduciendo mi autoria en cuanto al diseño y construción de como se presentan dichas páginas, con un mensjae que diga "Diseño y construcción por LDG. Juan Perez"
Agradezco mucho la orientacion que me puedan brindar y por último hasta donde puedo realizar un registro por Derechos de Autor y donde obtener su registrlo en su momento.
Jesús Guerrero
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 247705
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Fecha de respuesta: Domingo 11 de Diciembre de 2011 17:07 2011-12-11 17:07 desde IP: 187.144.165.15
eso... se lo puedes poner... pero no es obligatorio que tu patron tenga que incarse y reconocer que eres un dios del diseño... la vanidad pierde a la parte... si quieres hacer pago de los derechos de autor de cada acto que hagas... lo puedes hacer... entrando a la pagina respectiva ... donde te dan los datos y costos....tu patron no esta obligado a pagar tus intereses personales... eso es cosa tuya....
no me reconoce"....
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Autor
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AutorRespuesta No: 249729
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Diciembre de 2011 12:15 2011-12-29 12:15 desde IP: 187.174.228.146
Para entrar en materia de su consulta, le comento que es necesario saber como le pagaban; es decir, nómina, honorarios, etc. eso nos ayudaría a brindarle una asesoría mas precisa. No obstante lo anterior, con los elementos que nos ha brindado le expondremos algunos esquemas esperando que alguno sea ad hoc a su situación.
Si existe una relación de trabajo (obrero-patrón), debiera existir un contrato individual de trabajo en el que se expresara que cualquier desarrollo de propiedad intelectual (en específico para su consulta desarrollo de arte) realizado dentro de las instalaciones de la empresa, con patrocinio y bajo las indicaciones de dicha empresa, sería propiedad de la empresa y no del trabajador; en caso contrario, la obra también es propiedad de Usted y tendría derecho al pago de regalías.
Si no existe una relación de trabajo y Usted es un freelance (entrega recibos de honorarios), si en los comprobantes de pago no se estipula como concepto del pago que éste fue realizado por el desarrollo de tal obra, la obra sigue siendo de Usted siempre que pueda acreditar su autoría; si ésto es posible, la empresa le debe pagar regalías y le debe para por el uso y/o explotación de la obra.
Espero haber ayudado.
Saludos y buen año.
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Autor






