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COMPRAVENTA DE INMUEBLE EN SUCESION TESTAMENTARIA
- Consulta : 126112
- Autor : arce_adrian_NR
- Publicado : Domingo 25 de Septiembre de 2011 19:15 desde la IP: 187.193.159.214
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,089
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 25 de Septiembre de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
Buenas tardes mi nombre es Adrian
Estoy en proceso de compra de un inmueble, la pregunta que tengo es que el inmueble esta aun a nombre de una persona fallecida, los herederos son 5 hermanos, los cuales todos estan de acuerdo en vender la propiedad, me comenta que no han tramitado sucesion testamentaria ya que el notario les indico que lo hicieran una vez que tuvieran al comprador del inmueble, para poner la propiedad a nombre del mismo,¨Pregunta 1.esto es correcto?, ademas estoy por generar el contrato inicial de promesa de compraventa, en donde dare un enganche y el resto sera a la firma de escrituras por credito hipotecario, pregunta 2.tengo que incluir algunas clausulas especiales en el contrato inicial, en cuanto a impuestos que se tengan que pagar por la sucesion?, pregunta 3. que costos deben correr por cuenta del comprador?, de antemano ya tengo el documento que indica que el inmueble esta libre de gravamen, verifique las escrituras y estan a nombre del padre fallecido, tambien cuentan con los papeles de testamento de padre y madre, pero no se que mas documentos debo verificar antes de realizar el contarto inicial, y mas aun pregunta 4. que clausulas debo especificar en el mismo debido a la situacion del inmueble.
Gracias de antemano por su ayuda.
Saludos cordiales.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 239875
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Fecha de respuesta: Domingo 25 de Septiembre de 2011 19:38 2011-09-25 19:38 desde IP: 189.249.49.81
Mira, en mi opinión y experiencia personal, dicho contrato no es viable en este momento, pues se estaría celebrando cuando las partes aún no están legitimadas para hacerlo.
Es decir, aún no saben si serán considerados herederos los cinco hermanos, pues nada garantiza que no exista una disposición testamentaria del de cujus, sino hasta que se rindan los informes correspondientes.
En este caso están en riesgo ambas partes:
El vendedor por celebrar contratos sobre algo que aún no es de su propiedad o en vías de serlo y el comprador porque si no resultan herederos, habría celebrado un contrato con alguien que no es el dueño.
Yo te sugiero que se celebre algún contrato, cuando por lo menos hayan sido declarados herederos y nombrado albacea y eso lo refieras en el propio contrato.
Una vez que tengas ello, ya sea que lo tramites ante Juez de lo Familiar o Notario, se puede proceder a la compraventa, y los herederos tendrán que pagar el I. S. R. y el impuesto por adquisición de inmuebles, y el comprador sólo tendrá que pagar los gastos de la inscripción y registro del contrato de compraventa, como el impuesto por la adquisición de inmuebles.
Es decir, se tributa doblemente en este caso, toda vez que la sucesión adquiere un bien que modifica su patrimonio y por ello está obligado a pagar ese impuesto y el adquieriente, obviamente tampoco se salva de tributar por adquirir el inmueble.
Analiza bien la procedencia de dicho contrato y si tu eres comprador, te reitero que no firmes nada sino hasta que hayan sido formamente declarados herederos y designado albacea y mucho menos, des dinero alguno por el momento.
Saludos.
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