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PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 125563
- Autor : angela_duc_NR
- Publicado : Martes 20 de Septiembre de 2011 12:58 desde la IP: 189.227.107.8
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,086
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 20 de Septiembre de 2011
Estado de Referencia: Hidalgo
HOLA... YO ME SEPARE DE MI ESPOSO HACE CASI 2 AÑOS.. NOSOSTROS TENEMOS 2 HIJOS UNA NENA DE 5 AÑITOS Y UN NENE DE 3 AÑITOS... EL TRABAJA EN GRUPO BIMBO Y NO ME DA NADA PARA LOS GASTOS DE LOS PEQUES.. YO QUIERO SABER COMO LE HAGO PARA CONSEGUIR UNA PENSION ALIMENTICIA Y QUE PORCENTAJE LES CORRESPONDE A NUESTROS HIJOS.. ???
CUANDO LE PEDI QUE ME APOYO CON LOS GASTOS, NO TUBE RESPUESTA.. Y CUANDO LE HABLE DE UNA PENSION ALIMENTICIA ME DIJO QUE COMO AL MOMENTO DE SEPARARNOS EL NOS DEJO TODOS LO MATERIAL QUE HICIMOS JUNTO PORQUE YO TAMBIEN APORTE CON MI SALARIO, QUE LA PENSION SERIA MINIMA, ES ESO CIERTO... ???
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 239231
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Fecha de respuesta: Martes 20 de Septiembre de 2011 13:15 2011-09-20 13:15 desde IP: 201.103.128.197
El monto de la pensión lo determina el Juez ante quien se interponga la demanda de alimentos.
Por cada acreedor alimenticio, se puede otorgar entre un 10 a 20% dependiendo las necesidades que se acrediten.
Los bienes que puedan ser objeto de la sociedad conyugal (en caso de que así se hubieran casado) sólo pueden servir para garantizar los alimentos de los menores, no para substituir éstos.
Como le puede hacer? Puede contratar a un abogado especialista en derecho familiar o puede acudir directamente a los Juzgados Familiares de su Estado y solicitar se le asigne un defensor de oficio para que realice el trámite correspondiente.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 239232
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Fecha de respuesta: Martes 20 de Septiembre de 2011 13:16 2011-09-20 13:16 desde IP: 189.137.196.17
Demanda el aseguramiento y pago de una pensión alimenticia, suficiente y bstante para el sustento de los menores, la guarda y custodia provisional y en su momento oportuno definitiva, y si lo deseas la pérdida de la patria potestad.
Busca a un abogado, si no tienes $$$ para pagar uno, acude a la defensoría de oficio de tu estado para que te asignen un abogado, también puedes acudir al DIF, más cercano a tu domicilio.
El porcentaje lo fija el juez, en atención a lo que tu le informes en el escrito inicial de demanda y en base a su criterio. 20% por cada hijo, es un ejemplo.
Buenas tardes,
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