- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
PRESCRIPCION POSITIVA
- Consulta : 125230
- Autor : yoya1724_NR
- Publicado : Lunes 12 de Septiembre de 2011 20:18 desde la IP: 189.167.59.216
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,083
-
AutorConsulta
-
Publicado el Lunes 12 de Septiembre de 2011
Estado de Referencia: Aguascalientes
mi pregusnta recide en si puedo hcer un juicio de prescripcion positiva de un inmueble en el cul tengo 15 años viviendo en el con un juicio de posesion de buena fe y que los dueños de la casa ya fallecieron dos tios en este caso, y los familiares de ambos no les interesa el inmueble, o como es que la puedo escriturar a mi nombre
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 238781
-
Fecha de respuesta: Lunes 12 de Septiembre de 2011 20:30 2011-09-12 20:30 desde IP: 187.195.49.147
Si ya fallecieron los propietarios, se tiene que denunciar la sucesión intestamentaria, previo a cualquier acción que se pretenda entablar.
Si no hay designación de un representante de la sucesión, no puedes promover ningún juicio.
Ahora a que te refieres a que tienes poseyendo el inmueble de buena fe?? Tienes un contrato privado de compraventa que avale dicha buena fe?
De no ser así, no existe buena fe en la posesión.
Cuál es el origen por el cual entraste a poseer el inmueble??
-
Autor





