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URGENTE CITATORIO

  • Consulta : 124531
  • Autor : mizra02_NR
  • Publicado : Sábado 03 de Septiembre de 2011 21:31 desde la IP: 189.181.221.164
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,098
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  • Autor
    Consulta

  • mizra02_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    HOLA

    ME  ENTREGARON UN CITATORIO DE LA SEP PARA UN ACTA 46 BIS Y QUISIERA SABER CUANTO TIEMPO TIENE QUE PASAR ENTRE EL LEVANTAMIENTO DE LA ACTA Y LA  EJECUCIÓN DE LA MISMA COMO MÍNIMO?

    EN ESPERA DE SU PRONTA RESPUESTA

     

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  • Autor
    Respuesta No: 237901

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Pues todo depende del resultado que arroje el acta administrativa.

    Si de la misma se desprende un cese de nombramiento, se tendrá que interponer el procedimiento paraprocesal ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

    Si es una sanción, como amonestación pues ahí fijarán el plazo para hacerla efectiva, etc...

    También puede suceder que después del levantamiento del acta, se envíe al área jurídica para que se elabore una resolución sobre el procedimiento a seguir.

    Cada dependencia es diferente y todo depende de la gravedad del asunto, para la celeridad en la sanción.

    No olvide que también estará presente su representante sindical y éste debe buscar ayudarla.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 237902

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No obstante lo anterior, la dependencia sólo tiene un mes para ejercitar la acción de terminación de los efectos del nombramiento, ya que si la interponen posterior a dicha fecha, prescribe dicha acción

    Suerte!!



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