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CONSULTA SOBRE DEMANDA DE EMPLEADO
- Consulta : 124270
- Autor : Fernando Torres
- Publicado : Miércoles 31 de Agosto de 2011 17:01 desde la IP: 189.189.28.191
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,083
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 31 de Agosto de 2011
Hola buenas tardes. Les quiero preguntar una situación que tengo en estos momentos, mi mama tiene un negocio familiar pequeño de papelería, una de las chicas que tiene como empleada estaba embarazada y pues estaba a punto de tener a su bb, mi mama le dio chance de faltar aproximadamente 3 meses y en ese tiempo contrato a otra chica espesificandole que solo era por ese tiempo, no firmaron ningún contrato pero se le especifico que solo era por el tiempo en que la chica embarazada regresaba, todo bien hasta entonces hace tres semanas la chica que tuvo a su bb regreso y se le dio las gracias a la otra chica que estaba temporal y ahora le llego a mima una demanda laboral por despido injustificado que procede en ese caso? Espero me puedan ayudar de antemano gracias Saludos
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 237523
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Fecha de respuesta: Miércoles 31 de Agosto de 2011 18:00 2011-08-31 18:00 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
Debe servirle de experiencia el no solicitar oportunamente la asesoría de un abogado especialista en derecho laboral, dado que su mamá tendrá que decidir entre reinstalar a la trabajadora, conjuntamente con la que tuvo a su bebé, o bien, indemnizarla porque efectivamente incurrió en un despido injustificado.
La razón es muy simple: de acuerdo con los artículos 25 y 25, de la Ley Federal del Trabajo, el contrato individual de trabajo que celebren patrón y trabajador, debe hacerse por escrito, y en él, establecer las condiciones en que se prestará el servicio, dado que conforme al numeral 26, la falta de esa formalidad, es atribuible al patrón.
Por otra parte, dado que el artículo 37, fracción II, del mismo cuerpo de leyes, permite la celebración de contratos por tiempo determinado, cuando tengan por objeto sustituir temporalmente a otro trabajador, solamente mediante la celebración de un contrato escrito puede acreditarse que el contrato de trabajo está sujeto a temporalidad por una causa permitida en la Ley Laboral; al no haber llevado a cabo el contrato por escrito, difícilmente su mamá podrá demostrar durante el juicio, que a la trabajadora demandante la contrató solamente para que cubriera el período de incapacidad por maternidad de la otra, ya que si no lo hace, entonces la Junta de Conciliación considerará la terminación de la relación de trabajo como un despido injustificado, precisamente porque es obligación de los patrones no solamente celebrar por escrito los contratos de trabajo sino además, debe exhibirlos en juicios, pues en ellos en donde se consignan las condiciones de trabajo como temporalidad, jornada, horario, descansos, salario, puesto, etcétera, y si el patrón controvierte lo que el trabajador manifieste en su demanda, es al empleador a quien le corresponde demostrarlo, debiendo presentar en juicio, conforme a los artículos 784 y 804, de la Ley Federal del Trabajo, los documentos que acrediten esa temproralidad, jornada, horario, etcétera.
Independientemente de ello, su mamá deberá asistirse de un abgoado especialsita en derecho laboral, a efecto que comparezca en la fecha y hora señaladas para la celebración de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas, quien una vez que acredite su personalidad, deberá proceder a contestar la demanda y, en la etapa de ofrecimiento de pruebas, aportar los elementos de convicción tendentes a demostrar lo dicho en la contestación y las excepciones y defensas opuestas; si no comparece a la audiencia inicial, entonces se tendrá a su mamá por contestando la demanda en sentido afirmativo y por perdido el derecho de ofrecer pruebas,lo que significa entonces que reconoce como cierto lo que la trabajadora manifestó en la demanda, y la condenarán, sin mayor trámite a que le pague todas las prestaciones que le reclama.
En casos futuros, como lo dije al principio, pida la orientación a un abogado especialista en derecho laboral, ANTES de llevar a cabo cualquier trámite, pues ello le significará evitarse, además de dolores de cabeza, pérdida detiempo y una cantidad considerable de dinero, verse nuevamente envuelta en una demanda que no tenía razón de haberseplanteado, si hubiera celebrado el contrato por escrito, especificando claramente que era por el término de tres meses, para sustituir temporalmente a la trabajadora embarazada
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