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ASUNTO LABORAL.

  • Consulta : 123824
  • Autor : anele _NR
  • Publicado : Viernes 26 de Agosto de 2011 02:38 desde la IP: 201.110.152.24
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,077
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  • Autor
    Consulta

  • anele _NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola abogados bonito dia quisiera pedirles de favor si me pueden asesorar respecto de lo siguiente. trabajo en la Secretaria de Seguridad Publica pero fui SUSPENDIDO con caracter preventivo mismo prosedimiento que fue llevado por el Consejo de Honor y Justicia , el resolutivo salio favorable ya que me determinaron la absolucion y tambin me decreataron dice que se me reintegren mis salarios y prestaciones que deje de percibir con motivo de la suspención.

    MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE ANTE QUE AUTORIDAD DEBO RECURRIR PARA CUMPLIR QUE SE ME PAGUYEN MIS SALARIOS PRESTACIONES QUE DEJE DE PERCIBIR ya que acudi con un abogado y este me dijo que era ante el tribunal de lo caontencioso admnistrtivo y otro me dijo que era ante la junta de conciliacion y arbitraje. AHORA NO SE QUIEN TIENE LA RAZON.. ustedes me podran decir ante que autoridad debo recurrir... MUCHAS GRACIAS....

     

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  • Autor
    Respuesta No: 236871

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La Junta de Concilación no tiene vela en el entierro, y al abogadete que le dijo que era la utoridad competente seguro es egresado del Poliédnico o escuelita patito por el estilo. Usted se debe prestar a la fuente de trabajo y ellos le tendrán que pagar en su cuenta y recibo coresponcdiente lo que el Consejo de Honor y Justicia ordenó le pagaran. Si no cumplen, entonces debe demandar al Contencioso Adminintrativo del D.F.



  • Autor
    Respuesta No: 236885

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Presente un escrito a Recursos Humanos de la Secretaría de Seguridad Pública del D. F. adjuntando copia certificada de la resolución que emitió el Consejo de Honor y Justicia, solicitando el pago de los salarios y prestaciones que indebidamente le fueron suspendidas y OJO no olvide solicitar el pago de las aportaciones correspondientes a la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal, en virtud de que si no las pagan, ese tiempo de suspensión no le será comado para efectos pensionarios posteriormente.

    Si la contestación a dicho escrito no le es favorable, deberá demandar ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, ya que como elemento de un cuerpo de seguridad pública, su relación con el Estado no es laboral, sino ADMINISTRATIVA.

    Suerte y no deje de verificar que se le haga el pago de sueldos y aportaciones de seguridad social correspondientes.



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