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FINIQUITO
- Consulta : 122476
- Autor : michaca_378_NR
- Publicado : Miércoles 10 de Agosto de 2011 22:42 desde la IP: 189.181.211.202
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,090
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 10 de Agosto de 2011
Estado de Referencia: Aguascalientes
aprox cuanto debo de recibir de finiquito si mi periodo laboral es
22 junio 2010 - 20 agosto 2011 con 6 dias de vacaciones mi contrato fue de un año pero aun no lo he renovado y no me han dado de baja del seguro continuo laborando . espero me puedan colaborar gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 235024
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Fecha de respuesta: Jueves 11 de Agosto de 2011 10:09 2011-08-11 10:09 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
Aún cuando no señala cuál es la causa por la cual firmpo un contrato de trabajo por tiempo determinado de un año, la circunstancia que usted continúe laborando, significa entonces que no ha concluido la relación laboral y, en consecuencia, no le corresponde ningún finiquito.
Este será procedente, si la causa que motivó la temporalidad del contrato es de aquellas que permite la Ley Federal del Trabajo, cuando concluya la relación de trabajo; si esa causa de temporalidad no es de las señaladas en la Ley, entonces, aunque en el contrato se haya estipulado un tiempo determinado, su contrato es por tiempo indefinido, por disposición expresa del Código Laboral, y si lo separan del puesto, aduciendo haber terminado su contrato, entonces lo estaran despidiendo injustificadamente, lo que le dará derecho a demandar al patrón por el pago de una indemnización constitucional.
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