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DEMANDA O QUERELLA
- Consulta : 122109
- Autor : ANGEL96
- Publicado : Lunes 08 de Agosto de 2011 00:49 desde la IP: 201.134.169.210
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 08 de Agosto de 2011
HOLA¡¡
Soy policia del estado de Quintana Roo, mi duda es ¿la policia puede recibir demandas o querellas? ya que en mi trabajo constantemente cuando se ingresa un detenido, por ejemplo, un hombre que agredio a su esposa en su domicilio y esta acude a nosotros a poner su reporte, en las libretas de registro, se pone "de acuerdo a la demanda puesta por la C.... por agresiones fisicas".
me gustaria me aclararan cual es el termino correcto, les menciono que de estos casos se hace cargo el juez calificador.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 234523
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Fecha de respuesta: Lunes 08 de Agosto de 2011 09:13 2011-08-08 09:13 desde IP: 189.253.135.244
En respuesta a su consulta: le comento que los únicos facultados para recibir demandas son los juzgados civiles, mercantiles, familiares, y los que reciben denuncias son los ministerios públicos tanto federales como locales.
El termino correcto que deberían poner en su bitácora o libreta, seria queja, o denuncia.
Y ya el juez calificador (juez cívico en el d.f.) es quien tiene conocimiento como ya usted lo menciona.
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