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DEMANDA POR DAÑOS Y PERJUICIOS
- Consulta : 121474
- Autor : ROCIO-240_NR
- Publicado : Lunes 01 de Agosto de 2011 19:00 desde la IP: 187.168.20.199
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,229
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 01 de Agosto de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 233571
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Fecha de respuesta: Lunes 01 de Agosto de 2011 20:21 2011-08-01 20:21 desde IP: 201.147.83.166
Hola Buenas Tardes
Para solicitar el pago de daños y perjuicios, debe hacerlo en los puntos petitorios, esto es, después de la leyenda "a usted C. Procurador de Justicia en el Estado de Aguascalientes pido se sirva".
Ahora bien, para ello, debe acompañar mediante prueba documental, ya sea pública o privada, los gastos que usted realizó para subsanar los daños y perjuicios causados por el accidente, así como cualquier otra prueba (testimonial, documental, entre otras) que sea conducente a acreditar el cuerpo del delito (hechos materiales y formales) y la probable responsabilidad (que la persona que usted señala es el responsable), recuerde que el órgano investigador en prosecusión de delitos es el Ministerio Público, así que puede pedir a este que realize las diligencias que usted crea necesario (como la inspeccional, perito valuador en el caso del vehiculo que sufrió el daño, pericial médica esto es, que efectuen análisis en las víctimas del accidente para dar fé de las lesiones y el tiempo que tardarán en sanar, la prueba testimonial, entre otros).
Saludos
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