Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

CONSULTA PENSION ALIMENTICIA Y ABANDONO DE PERSONA

  • Consulta : 121068
  • Autor : lizzyrmrz_NR
  • Publicado : Jueves 28 de Julio de 2011 12:57 desde la IP: 189.245.83.139
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,240
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • lizzyrmrz_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    hola alguien me podria explicar a que se refiere el abandono de persona y lo siguiente que quisiera saber es como puedo tramitar la pencion alimenticia para mi hijo de 4 anos ya que mi esposo es chofer de un microbus y el dice que ante la ley no hay modo de comprobar cuanto gana pero el gana un aproximado de 500 pesos minimo diarios

    gracias por su ayuda de antemano

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 233013

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    BUENAS TARDES.

     Lo importante es que ncontrates un abogado que lleve tu asunto, uno titulado y con especialidad en derecho familair; para que promueva a tu favor; sobre el monto, el juez  al enterarse que no hay un monto cierto, lo condenara al pago de 2 slarios minimos diarios de la zona en la que vives, es mas o menos 100 pesos diarios.

    Saludos a todos los Colegas Participantes de esta consulta.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    kokoduro1 arroba correo caliente punto c o m

    Contestare todas tus dudas en mi correo. Gracias por tu confianza.



  • Autor
    Respuesta No: 233014

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mi estimada consultante Lizzymrz

    Mire, dado a que se ubica en el Distrito Federal,  me permito sugerirle que haga lo siguiente

    Justicia del Distrito Federal.

    SERVICIO

    PENSIÓN ALIMENTICIA POR COMPARECENCIA.

    Por Acuerdo 22-5/97, de fecha 14 de febrero de 1997, se inicia el trámite de Pensión Alimenticia por Comparecencia.  Se trata de un trámite Unipersonal y los acreedores sólo con el hecho de reunir ciertos requisitos necesarios, ésta área expide una ficha en la que se asigna de manera sistematizada y aleatoreamente Juzgado en turno en materia Familiar y número de expediente, de ésta manera el solicitante acude de inmediato al Juzgado respectivo a efecto de que inicie la comparecencia y así poder continuar con el procedimiento.

    REQUISITOS

    - Acta de Nacimiento de los menores.

    - Acta de Matrimonio si es casada.

    - Identificación Oficial con fotografía.

    - Domicilio de la parte solicitante.

    - Domicilios del demandado, particular y laboral.

    - Cualquiera de los domicilios solicitados tendrá que ser dentro del Distrito Federal.

    TIEMPO DE ELABORACIÓN DE LA FICHA Y ASIGNACIÓN DE JUZGADO EN TURNO POR ESTRICTO CONTROL.

    Aproximadamente de 5 a 7 minutos.

    DIRECCIÓN

    AV. Juárez Número 8 Col. Centro Primer Piso Oficialía de Partes Común para Juzgados en materia Familiar.

    HORARIO DE RECEPCIÓN

    De Lunes a Viernes de 9:00 a 21:00 horas

    Es importante hacer notar, que si la ficha se procesa después de las 14:00 horas, la solicitante acudirá al Juzgado asignado en turno al otro día, a efecto de que se levante la comparecencia.

     COSTO

    El trámite es completamente GRATUITO.

    USUARIOS Público en general, principalmente mujeres.

    FUNDAMENTO LEGAL

    Artículo 65 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.

    Acuerdo 22-5/1997 de fecha 14 de febrero de 1997, del H. Consejo de la Judicatura del Distrito Federal.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión