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PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 120120
- Autor : sele97_NR
- Publicado : Lunes 18 de Julio de 2011 22:06 desde la IP: 189.215.194.44
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 18 de Julio de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 231453
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Julio de 2011 22:11 2011-07-18 22:11 desde IP: 189.180.68.182
Primero tiene que promover el juicio de reconocimiento de paternidad y en caso de ser el padre, entonces surge la obligación para con el menor de proporcionarle alimentos
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Autor
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AutorRespuesta No: 231515
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Julio de 2011 13:23 2011-07-19 13:23 desde IP: 187.194.40.129
BUENAS TARDES.
Primero debes iniciar o gestionar por medio de un abogado titulado y especialista en derecho familiar, un JUICIO DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD, por medio de muestra de laboratorio de ADN, y luego iniciar el juicio de alimentos.
Pago de alimentos: Puedes iniciar tu acción de pago de alimentos por medio de una demanda que realice un abogado titulado y especialista en el área; el juez concederá un oficio, ordenando el descuento vía nómina o como sea necesario, pero después tendrás que seguir el procedimiento judicial, hasta que se dicte sentencia que resuelva a tu favor. Busca un abogado especialista en materia familiar.
sin el primer requsito, no puedes lograr la segunda parte.
Saludos a todos los Colegas Participantes de esta consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
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