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LIMITE DE TIEMPO EXTRA
- Consulta : 118946
- Autor : centaurus72_NR
- Publicado : Viernes 08 de Julio de 2011 10:01 desde la IP: 187.147.24.96
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 08 de Julio de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 229859
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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Julio de 2011 11:50 2011-07-08 11:50 desde IP: 201.172.194.92
La Ley Federal del Trabajo, con respecto al tiempo extraordinario, dice en su Artículo 66.-
“…Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana…”,
lo anterior significa que los trabajadores podrán laborar máximo nueve horas extraordinarias a la semana.
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Autor
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AutorRespuesta No: 229869
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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Julio de 2011 12:56 2011-07-08 12:56 desde IP: 187.160.241.22
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