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PERICIAL EN GENETICA

  • Consulta : 118164
  • Autor : Mota
  • Publicado : Viernes 01 de Julio de 2011 13:33 desde la IP: 189.129.78.81
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,123
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  • Autor
    Consulta

  • Mota
    USUARIO REGISTRADO

    Hola, quisiera saber si alguien conoce si existe alguna criterio jurisprudencial en el cual se niegue la pericial en genetica para provar la paternidad a un individuo que se encuentre casado civilmente, es decir, que la demanda de paternidad la ejercite una mujer en estado de gravidez a un hombre que se encuentre casado legalmente, deseo saber si se proteje al vinculo familiar con un mejor dereho, espero haber explicado de forma correcta mi duda, agradeciendo de antemano su atencion y su apoyo, muchas gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 229105

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el apa del  feto... esta casado y no quiere que le hagan la prueba genetica que demostraria que si es padre  biologico del feto...porque alega que esta casado y que el matrimonoio es un mejor derecho... o la perdurabilidad de la familia es un mejor derecho...no

     eso es una payasada... no hay juridicamente hablando ...nada que impida la obligaciòn de hacer la prueba genetica...



  • Autor
    Respuesta No: 229112

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Garóvalo:

    Saludos cordiales e insisto, a quien desconoce sobre la materia legal se le orienta, sobretodo si son jóvenes estudiosos del campo del Derecho. El consultante hace un planteamiento quizá equivocado, pero no meritorio de descalificativos.

    Al consultante:

    Entiendo que Usted hace un planteamiento de esta naturaleza en virtud de que existen disposiciones en las diferentes legislaciones civiles locales en materia de reconocimiento de hijos que impiden a una mujer casada atribuir la paternidad a persona diversa de su marido y que muy probablemente Usted infiera que alguna disposición similar pudiese existir respecto de la mujer soltera que le atribuye la paternidad a un hombre casado.

    No conozco disposición legal en ese sentido, por lo que le recomiendo estudiar amplia y detenidamente la legislación civil de su Estado en el capítulo respectivo de reconocimiento de hijos.

    Finalmente puedo informarle que la madre del futuro hijo, no podrá después del nacimiento registrarlo con los apellidos del padre ni el Registro Civil asentará dato alguno al respecto, pues para ello requerirá exhibir el acta de matrimonio o el reconocimiento expreso del padre al momento del registro. Esto sin embargo, no impide que la madre intente obtener vía judicial el reconocimiento de la paternidad incluso a través de las pruebas de genética que hoy día están disponibles para este fin, y como consecuencia de dicho reconocimiento, el hijo obtenga la rectificación del acta de nacimiento para incorporar los datos del padre y de sus apellidos a su propio nombre, el derecho a recibir alimentos, y cualquiera otro derivado de la filiación.

    Saludos cordiales.



  • Autor
    Respuesta No: 229248

  • Mota
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Agradesco infinitamente su ayuda y seguire sus consenjos de estudiar la legislacion local, esepro algun dia igualmente poder servirles a todos ustedes como hoy lo hacen por mi, saludos y buen dia.



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