Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

CAMBIO DE PROPIETARIO POR DEFUNCION.

  • Consulta : 117656
  • Autor : analiliamorgado2009_NR
  • Publicado : Viernes 24 de Junio de 2011 13:08 desde la IP: 189.138.230.66
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,070
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • analiliamorgado2009_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Morelos

    Buenas tardes:

     

    Mi suegro fallecio hace 2 años y dejo a mi esposo como sucesor de su ejido, mi esposo se encuentra en Estados Unidos y por ello no ha podido hacer el cambio en el certificado parcelario.mi pregunta es:

    1.- PUEDO YO SU ESPOSA INICIAR EL TRAMITE PARA EL CAMBIO DE PROPIETARIO A NOMBRE DE MI ESPOSO EN EL RAN PUES TENGO UN PODER AMPLIO QUE ME ENVIO  EXPEDIDO POR EL CONSULADO MEXICANO EN ESTADOS UNIDOS.

    2.-QUE DOCUMENTOS NECESITO PARA PODER COBRAR LO DE PROCAMPO SI ES QUE SE PUEDE COBRAR, YA QUE EN LOS DOS AÑOS ANTERIORES SI LO PUDE HACER Y AHORA YA NO ME ACEPTAN LA CARTA DE SUCESORES.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 228513

  • anskarius
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Sinceramente le voy a decir que va ser muy dificil que le den a usted un nuevo Certificado Parcelario a nombre suyo aun llevando esa carta poder pues tanto el RAN como ASERCA (ASERCA MANEJA EL PROGRAMA PROCAMPO) manejan su propia NORMATIVIDAD y en ese tenor no creo que le den a usted un nuevo CERTIFICADO PARCELARIO..o existe en el RAN un BENEFICIARIO es solamente el quien debe apersonarse para que salga el nuevo ducomento legal a su nombre....

    pero si lo quiere intentar acuda al RAN y lleve el poder que le envian, debera de llevar original del acta de nacimiento de ambos, copia de su identificacion oficial de ambos, comprobante de domicilio, curp de ambos y certificado de defunsion...

    Para cobrar el pago del PROCAMPO...trandra en este caso que tener ya esposo el nuevo documento parcelario a nombre de el y lo que puede hacer el es simular un arrendamiento de la parcela para que usted se de de alta como nueva productora y quedaria su su esposo como nuevo  PROPIETARIO y asi el podrá regresarse a los Estados Unidos  y usted se quedaria  como nueva PRODUCTORA y entonces si saldria el recurso federal a su nombre.......

    o para mayor informacion acuda al Distrito o Cader de la SAGARPA  y pida informes de lo contrario llame a las oficinas de ASERCA en su localidad y ellos le pueden dar una amplia informacion pues ellos se apegan a un Procedimiento General Operativo...ellos manejan el PROCAMPO.......suerte...

    cualquier cosa no dude visitar mi oficina en este medio.....



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión