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SE PUEDEN EXIGIR LOS ALIMENTOS???
- Consulta : 114836
- Autor : sebastian123_NR
- Publicado : Martes 31 de Mayo de 2011 00:16 desde la IP: 201.114.20.29
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,119
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 31 de Mayo de 2011
Estado de Referencia: Hidalgo
buenas noches mi nombre es Sebastian acabo de terminar la carrera y empiezo a litigar me han surgido muchas dudas y esta es una de ellas
que pasa cuando se ordena reponer el procedimento? les cuento que me llego un asunto de una señora que queria que le cobrara las pensiones alimenticias que segun ella, su esposo no la habia depositado.
a grandes rasgos la problematica es esta, a ella le demandan divorcio necesario sin embargo ella al contestar reconviene, bueno el punto es que al dictar sentencia no se disuelve el vinculo matrimonial, le concede la guarda y custodia definitiva de sus 3 hijos a la señora y al señor se le condena a pagar alimentos y y la suspension por 2 años de la patria potestad, ahora bien el apela y ya en la apelacion se ordena la reposicion del procedimiento y dentro de los argumentos solo se hace mencion a la patria potestad y sobre la custodia de los hijos, pero no hace mencion a la cuestion de alimentos, sin embargo habla de reposicion de procedimiento....
ahora bien se puede o no exigir el pago de los alimentos, cabe mencionar que la sentencia se dicto en el 2007 y es desde la fecha que se pretendian cobrar.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 225352
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Fecha de respuesta: Martes 31 de Mayo de 2011 01:12 2011-05-31 01:12 desde IP: 189.234.193.34
1... la palabra problematgica no existe... y no puede usarse.... como cultura general...
2...debiste presentar la planilla de liquidaciòn de pensiones generadas y no pagadas.... esas ya estan reconocidas y..solo falta ejecutarlas...
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