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ABUSO.DE CONFIANZA

  • Consulta : 114153
  • Autor : ferc.1957_NR
  • Publicado : Miércoles 25 de Mayo de 2011 18:12 desde la IP: 173.174.224.229
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,252
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  • Autor
    Consulta

  • ferc.1957_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    hola antes que todo quiero darles las gracias a todos los que hacen posible esto que beneficioso para toda la comunidad.En el ao de 2004 la empresa me fabrico un abuso de confianza por $250,000.00 me entere por una persona que estaba citada a declarar que habia una averiguacion previa en mi contra fui al ministerio publico a preguntar y me dijo el ministerio publico que no habia nada y tuve que sacar un amparo para que me dijeran el motivo de la averiguacion en mi contra a dos dias del amparo el licenciadode mi caso me fue a sacar de la casa por que dijo que ya estaba dictada la orden de aprehencion en mi contra y  me vine para los estados unidos esto paso en el estado de guanajuato el 28 de mayo del 2011 cumplo siete anos que me sali de la casa y quiero saber si me pueden ayudar diciendome cuando puedo regresar con mi familia pues mi familia esta en mexico gracias espero su ayuda

     

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  • Autor
    Respuesta No: 224598

  • Mario Cervantes
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola Buenas Tardes

    Mencionas que el delito tipificado en tu caso es de ABUSO DE CONFIANZA, por lo tanto lo fundamento como sigue:

     

    Código Penal para el Estado de Guanajuato

    ¬CAPITULO SEGUNDO¬ ABUSO DE CONFIANZA

    ¬ARTICULO 198.-¬

    A quien con perjuicio de tercero disponga o retenga una cosa mueble ajena, de la cual sólo se le haya transferido la tenencia y no el dominio, se le aplicará de un mes a siete años de prisión y de diez a cien días multa.

    Ahora bien, al sacar la media aritmética (tiempo en que prescribe el delito), el delito prescribe en 3 años 6 meses 15 días, esto es, el tiempo que tiene el Ministerio Público para acreditar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad o en su caso el Juez para pasar a la etapa de la instrucción y primera instancia (hacerte responsable del delito mencionado).

    Normalmente cualquiera diria que el delito esta prescrito, mas sin embargo, es conveniente que un Abogado vaya a ver el expediente, por que es posible que se hayan hecho diligencias (investigaciones) y estas reactivan el inicio de la prescripción, esto es, la prescripción comienza a contar desde la última diligencia.

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 224619

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Con todo respeto, me permito diferir parcialmente de la bien intensionada pero parcialmente erronea respuesta respuesta de  Mario Cervantes, (Saludos afectuosos), ya que no existe disposición legal alguna (Salvo prueba en contrario) que indique que la prescripción de la acción penal se interrumpa porque "...se hayan hecho diligencias (investigaciones) y estas reactivan el inicio de la prescripción, esto es, la prescripción comienza a contar desde la última diligencia..."



  • Autor
    Respuesta No: 224620

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Usted ya puede regresar, pues el tiempo para la prescripción de la acción penal, ya se haya total y sobradamente cumplido.



  • Autor
    Respuesta No: 224621

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Dice:

    "...ya que no existe disposición legal alguna (Salvo prueba en contrario) que indique que la prescripción de la acción penal se interrumpa porque "...se hayan hecho diligencias (investigaciones) y estas reactivan el inicio de la prescripción, esto es, la prescripción comienza a contar desde la última diligencia..."..."

    Debe decir:

    "...ya que no existe disposición legal alguna (Salvo prueba en contrario) que indique que el  c o m p u t o  para la prescripción de la acción penal se reinicie porque "...se hayan hecho diligencias (investigaciones) y estas reactivan el inicio de la prescripción, esto es, la prescripción comienza a contar desde la última diligencia..."..."



  • Autor
    Respuesta No: 224921

  • cofr
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    MUCHAS GRACIAS A TODO EL BUFETE DE ABOGADOS QUE TRABAJAN PARA LA GENTE LATINA QUE SE TIENE QUE VENIR PARA LOS ESTADOS UNIDOS HUYENDO DEL PODER DE LA GENTE QUE TIENE DINERO Y SE APROVECHA DE LA GENTE POBRE QUE NO TIENE DINERO PARA PODER PAGAR UN ABOGADO DIOS LOS BENDIGA



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