- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
DEMANDA DE MANUTENCION
- Consulta : 112430
- Autor : lupitamaria
- Publicado : Jueves 12 de Mayo de 2011 11:17 desde la IP: 189.140.213.181
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
-
AutorConsulta
-
Publicado el Jueves 12 de Mayo de 2011
Buenos Días: Mi nombre es Guadalupe y mi situación es la siguiente: Tengo dos años de casada y mi matrimonio hace unos meses se ha deteriorado mucho, aun vivo con mi esposo en un departamento que rentamos y tengo una hija de 1 año y medio, sin embargo practicamente no tenemos ya ninguna relación, mi hija y yo dependemos económicamente de él, ya que cuando me embarace de mi niña, por acuerdo mutuo deje de trabajar, por lo que no tengo ingresos de ningun tipo. Yo me hago cargo totalmente de la educaión y cuidado de la niña, ya que el nunca ha presentado interés en participar, la niña lo rechaza mucho y el es agresivo psicologicamente con ambas, he considerado divorciarme, pero no se como procede esto: 1. Tengo que abandonar mi casa e irme con mi hija??? Eso implicaria que la saque de la escuelita y me la lleve lejos a casa de mis papás, por que por ahora yo no cuento con ningun dinero ni para pagar su alimentación, medico, escuela y la renta del departamento 2. En caso de separarnos, me preocupa mucho que la niña se quede sola con él, por que las veces que se la he dejado solo la sienta en su sillita y la pone a ver tele todo el día, mi niña llora muchisimo con él y si su abuela paterna está cerca se la deja a ella y tampoco confio en sus cuidados, es sumamente descuidada 3. Puedo solicitar el divorcio, pensión alimenticia??? En este sentido sucede algo... a mi esposo le pagan por honorarios y a mi me tiene resgistrada ante hacienda como su trabajadora y declara que me paga cerca de 18 000.00 al mes, sin embargo yo no recibo un peso, esto podría afectarme 4. Cual es el porcentaje de su sueldo que me proporcionarian para mi hija en lo que yo puedo encontrar un trabajo??? Espero puedan ayudarme con mis dudas.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 222997
-
Fecha de respuesta: Jueves 12 de Mayo de 2011 11:36 2011-05-12 11:36 desde IP: 189.233.30.193
Mi estimada consulltante Lupita Maria
Mire, no nos detalla su ubicación, pero por lo que se advierte de su IP, toda apunta a que los hechos se dan en el Distrito Federal (FAVOR DE CONFIRMARLO, PORQUE LAS CIRCUNSTANCIAS EN OTROS ESTADO CAMBIEN RADICALMENTE), siendo que si esto es así, para empezar pudiera acudir a realizar el siguiente tramite que le detallo,, en el entendido, de que dentro de esta localidad del Distrito Federal, pude solicitar su divorcio incausado, mismo que es relativamente rápido y sencillo, toda vez que no se requiere acreditar causal de ningún tipo, solo presentar un Convenio de cómo se quedan las obligaciones tanto hacia usted, así como con su hija, y posibles bienes involucrados en su matrimonio.
Justicia del Distrito Federal.
SERVICIO
PENSIÓN ALIMENTICIA POR COMPARECENCIA.
Por Acuerdo 22-5/97, de fecha 14 de febrero de 1997, se inicia el
trámite de Pensión Alimenticia por Comparecencia. Se trata de un trámite Unipersonal y los acreedores sólo con el hecho de reunir ciertos requisitos necesarios, ésta área expide una ficha en la que se asigna de manera sistematizada y aleatoreamente Juzgado en turno en materia Familiar y número de expediente, de ésta manera el solicitante acude de inmediato al Juzgado respectivo a efecto de que inicie la comparecencia y así poder continuar con el procedimiento.
REQUISITOS
- Acta de Nacimiento de los menores.
- Acta de Matrimonio si es casada.
- Identificación Oficial con fotografía.
- Domicilio de la parte solicitante.
- Domicilios del demandado, particular y laboral.
- Cualquiera de los domicilios solicitados tendrá que ser dentro del Distrito Federal.
TIEMPO DE ELABORACIÓN DE LA FICHA Y ASIGNACIÓN DE JUZGADO EN TURNO POR ESTRICTO CONTROL.
Aproximadamente de 5 a 7 minutos.
DIRECCIÓN
AV. Juárez Número 8 Col. Centro Primer Piso Oficialía de Partes Común para Juzgados en materia Familiar.
HORARIO DE RECEPCIÓN
De Lunes a Viernes de 9:00 a 21:00 horas
Es importante hacer notar, que si la ficha se procesa después de las 14:00 horas, la solicitante acudirá al Juzgado asignado en turno al otro día, a efecto de que se levante la comparecencia.
COSTO
El trámite es completamente GRATUITO.
USUARIOS Público en general, principalmente mujeres.
FUNDAMENTO LEGAL
Artículo 65 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.
Acuerdo 22-5/1997 de fecha 14 de febrero de 1997, del H. Consejo de la Judicatura del Distrito Federal.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 223003
-
Fecha de respuesta: Jueves 12 de Mayo de 2011 12:16 2011-05-12 12:16 desde IP: 189.140.213.181
-
Autor




