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COBRO DE FACTURAS
- Consulta : 112290
- Autor : Elfo
- Publicado : Miércoles 11 de Mayo de 2011 00:36 desde la IP: 189.131.121.136
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,083
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 11 de Mayo de 2011
Cobro de Facturas
Hola que tal, saludos a la comunidad de este importante foro, quisiera me apoyaran, respondiendo a unas dudas que tengo, en lo referente al cobro de unas Facturas, y para ello les comentare un poco de lo que antecede a esta situación:
Tenga una amiga que provee materiales eléctricos. En el año del 2009, fue proveedora de un Ayuntamiento del Estado de Tlaxcala, al cual se le expidió una Factura, y es fecha de que aun no se le paga, y sucede que este año, tomo posesión una nueva Administración.
La Factura tiene inserto un Pagare, mismo que no fue llenado, la Factura cuenta con el Sello de Recibido por parte de la Tesorería Municipal. Mis preguntas sonlas siguientes:
- La factura tiene prescripción?
- En caso de no llegar a un arreglo e iniciar el trámite de un Juicio, seria correcto el Juicio Ordinario Mercantil
- Se necesita Cedula para tramitar este Juicio?
Estas son algunas de las dudas que tengo, referente a esta situación, este es el primer trabajo que me encomiendan y quiero hacerlo de la mejor
manera. De antemano, muchas gracias…..
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 222880
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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Mayo de 2011 11:39 2011-05-11 11:39 desde IP: 200.94.57.10
Primeramenta antes que nada incie pláticas de negociación directa con el responsable de are de esa institución,porque las dedudas del Ayuntamiento que no se hayan pagado al momento de terminar la Administración deben seguir porque el servicio se le proporcionó al municipio no a un a persona en lo particular.
En todo caso que haya negativa busque la asesoría de su abogado de confianza de su localidad,porque va necesitar promover un procedimiento legal que se llama Medios Preparatorios a Juicio de renocimeinto de adeudo.
Los docuementos que usted habla si prescriben, y este asunto necesita lo maneje su abogado de confianza.
No menciona ¿si la factura pagaré esta firmada,
Ahora bien ,vea si la cantidad le conviene cobrarala, no le vaya a salir mas "caro el caldo que las albondigas".
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