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GERENTE GENERAL AL QUE HAN PEDIDO DEJAR EL CARGO DE UNA AC. QUE MANEJA RECURSOS PúBLICOS
- Consulta : 112003
- Autor : sergiovidal_NR
- Publicado : Domingo 08 de Mayo de 2011 14:32 desde la IP: 189.254.205.149
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,231
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 08 de Mayo de 2011
Estado de Referencia: Michoacán
Soy el Gerente General de una AC., que esta considerada como Organismo Auxiliar de la SAGARPA y me han pedido dejar el cargo, me gustaría hacer entrega del mismo amparado en en un Acta de Entrega-Recepción pero no se cuál puede ser la ideal, pues no es una paraestatal ni una descentralizada, sin embargo se manejan recursos públicos. Gracias por sus comentarios.
Atentamente,
Sergio Vidal
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 222566
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Fecha de respuesta: Domingo 08 de Mayo de 2011 14:57 2011-05-08 14:57 desde IP: 189.216.24.47
Por el hecho de manejar recurso públicos, le recomiendo que envíe un oficio a la Contraloría Interna de la SAGARPA indicando día y hora de la entrega recepción, a efecto de que esa contraloría envie a un funcionario que de fe y firme el acta entrega recepción.
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Autor
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AutorRespuesta No: 222568
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Fecha de respuesta: Domingo 08 de Mayo de 2011 16:45 2011-05-08 16:45 desde IP: 201.173.183.136
Ingrese usted al portal de la secretaria de la función pública, la liga completa es esta ( h t t p : / / p o r t a l . f u n c i o n p u b l i c a . g o b . m x: 8 0 8 0 / w b 3 / w o r k / s i t e s / S F P / r e s o u r c e s / L o c a l C o n t e n t / 1 6 2 / 4 / f o r m a t o _ a c t a _ a d m v a . d o c ), minúsculas, todo junto y sin paréntesis, ahí encontrará el formato oficial de entrega-recepción, puede bajarlo y preparando, no pase por alto lo recomendado por Ochoa, Donis S.C. de aviso al órgano interno de control de la Institución y conserve un ejemplar de ese aviso, si ellos intervienen o no en la entrega recepción, usted estará cubierto, no olvide recabar las firmas pertinentes y quedarse en su poder con un ejemplar de dicha acta.
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Autor
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AutorRespuesta No: 222569
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Fecha de respuesta: Domingo 08 de Mayo de 2011 17:03 2011-05-08 17:03 desde IP: 200.95.162.194
Cual es el objeto de la A.C. ?? Desde mi punto de vista aún cuando tengan relación de negocios con la Sagarpa, nada tiene que ver con ésta, por lo que Usted esta Unicamente sujeto a lo que digan los estatutos de la AC, aquí nada tiene que ver con el gobierno.
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Autor
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AutorRespuesta No: 222591
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Fecha de respuesta: Domingo 08 de Mayo de 2011 21:21 2011-05-08 21:21 desde IP: 189.216.63.240
Como se ve que nunca ha ocupado un cargo público ni un puesto de Dirección o de toma de decisiones. Si se está recibiento dinero público, es responsable de su destino, el dar vista a la contraloría es para demostrar que le dio aviso, si se presentan o no es lo de menos, con el oficio de invitación se proteje.
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Autor
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AutorRespuesta No: 222769
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Fecha de respuesta: Martes 10 de Mayo de 2011 13:53 2011-05-10 13:53 desde IP: 189.168.2.153
Estimados Abogados:
Agradezco infinitamente sus comentarios y tengan la plena seguridad que seguré sus recomendaciones y consejos pues para mi tinene toda la lógica administrativa y jurídica suficiente para hacer caso de ellos. Pues hasta el día de hoy en el ejercicio de mi profesión he antenido un expediente intachable y creo que una vez que la edad se he venido encima, no sería justo para mi, ni para mi familia que mi nombre se pusiera en duda por alguna lamentable omisión.
Tengo ya el formato sugerido de la función pública y aunque incialmente considré que no me aplicaba por no ser servidor público, tampoco estoy ajeno a que al manejar recursos público independientemente de la relación con el gobierno, estoy sujeto a las sanciones que señala la Ley Federal de Respónsabilidades de los Servidores Públicos.
Nuevamente muchas gracias y espero en algún momento correspoder a sus finas atenciones.
Por último me gustaría comentar en "cafeteando" la situación tan particuñlar de ésta AC.
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AutorRespuesta No: 222845
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Fecha de respuesta: Martes 10 de Mayo de 2011 23:25 2011-05-10 23:25 desde IP: 189.216.50.158
Se le agracede Nobel sus comentarios, y espero que entienda que los comentarios dirigidos a quién evidentemente nunca ha tenido un cargo directivo ni de toma de decisiones, no está dirigido a Usted. Estaré en espera de sus comentarios en "cafeteando"
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Autor
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AutorRespuesta No: 240773
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Fecha de respuesta: Lunes 03 de Octubre de 2011 17:01 2011-10-03 17:01 desde IP: 189.140.52.147
Nobel:
El forista Sergio Orea está demostrando desconocimiento del contenido de las leyes de responsabbilidades de los servidores públicos, pues todas previenen que también se aplican a los particulares que manejen fondos públicos, así que, auinque la A.C. es un ente particular, tambiñén se le aplican esas leyes.
Pero una muy importante corrección es que la ley aplicable no es la que usted menciona, sino la "Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos" que desde el 2006 substituye a la que usted mencionó, pero para el fuero federal, ya que la mencionada por usted todavía se aplica para servidores públicos del Distrito Federal.
La ley federal supramencionada la puede usted bajar de la página de Internet de la sección de legislación del Congreso de la Unión..
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