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ME DECLINARON EL AMPARO DE TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO
- Consulta : 108393
- Autor : delorian_311_NR
- Publicado : Jueves 07 de Abril de 2011 10:51 desde la IP: 189.132.81.119
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,079
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 07 de Abril de 2011
Estado de Referencia: Chiapas
Buenos diass disculpen alguien podia orientarme xq a hace poco a mi suegra llegaron a enbargarle unos vienes por una deuda q ella tenia con una agencia d autos, pero el problema es que embargaron mi camioneta y la remolcaron y metimos la exgluyente de terceria de dominio pero el abogado q nos esta llevando el caso salio con que le rechasaron el amparo y no se qu hacerrrr, meti todas las pruebas q el carro es mio y no de mi suegra, carta factura,tenencias etc., la factura original la tiene el banco pues se sigue pagando! saludos y espero respuesta para saber q hacer ahora q me declinaron el amparo argumentando el juezz q dicho amparo se debio meter el dia q la actuaria llego a tomar datos del carro, pero jamas estuve enterado de dicho embargo hasta que llego la grua por el.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 218388
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Fecha de respuesta: Jueves 07 de Abril de 2011 10:59 2011-04-07 10:59 desde IP: 189.152.25.169
Si tramitaste un amparo contra ese embargo, como persona extraña al proceso y te lo negaron... puedes:
1.- Recurrir al recurso de revision del amparo O
2.- Interponer TERCERIA excluyente de dominio directyamente en el juzgado que te embargo ....Salu2
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Autor
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AutorRespuesta No: 218390
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Fecha de respuesta: Jueves 07 de Abril de 2011 11:09 2011-04-07 11:09 desde IP: 187.194.51.252
lo cual no te va a resultar... ya que no presentaste la factura... sin la factura... no eres dueño de nada...
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Autor
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AutorRespuesta No: 218417
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Fecha de respuesta: Jueves 07 de Abril de 2011 12:24 2011-04-07 12:24 desde IP: 189.152.25.169
Si cuentas con el comprobante del pago de derechos del vehiculo, del ultimo año y solicitas Copia de factura al banco o propones una inspeccion judicial a los archivos del banco para acreditar que existe factura a tu favor... Si tienes oportunidad de salir avante de la terceria excluyente..---Salu2
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Autor
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AutorRespuesta No: 218420
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Fecha de respuesta: Jueves 07 de Abril de 2011 12:34 2011-04-07 12:34 desde IP: 187.194.51.252
asi... puede ser que si... para este ... el abpgado debe preguntar antes al juez... cual es su parecer al respecto... ya que ....por lo genral el croiterio del juez... y lo he vivido asì... es que sin la factura no eres dueño....aun cuando el bien este en ...el limbo juridico..... pero la demanda de terceria exlcuyente de dominio... puede ser presentada hasta antes de dictarse sentencia... de remate... abusados... no pierdan tiempo... el amparo no es la via idonea de nada...
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AutorRespuesta No: 218470
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Fecha de respuesta: Jueves 07 de Abril de 2011 17:56 2011-04-07 17:56 desde IP: 187.194.51.252
Dejan de decir que, si se presenta la demanda de terceria excluyente de dominio, queda sin materia el embargo y el actor del juicio, puede pedir la compañia del actuario en calidad de ministro ejecutor, y hacer nuevo embargo sobre bienes propiedad de la demandada.
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Autor
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AutorRespuesta No: 218509
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Fecha de respuesta: Jueves 07 de Abril de 2011 20:56 2011-04-07 20:56 desde IP: 189.217.253.251
Distinguido Consultante
De acuerdo con los preceptos 1367 y 1370 del Código de Comercio, existe la tercería excluyente, misma que debe fundarse en el dominio a través de prueba documental sobre los bienes afectos.
Si usted adquirió un vehículo con un crédito directo de la planta automotriz, y esta le retiene el título de propiedad denominado factura del bien mueble, por reservarse el dominio del vehículo, transacción comercial con reserva de dominio y común en este tipo de operaciones a crédito, y si entendemos como dominio, a el poder que uno tiene de usar y disponer de lo suyo, de manera absoluta y plena, y si usted carece de la factura del vehículo entiendo que usted carece de manera absoluta y plena del dominio del vehículo, por no gozar de manera plena del derecho real de propiedad sobre el vehículo.
Quien debe hacer valer su derecho es la persona moral que es poseedora de la factura del vehículo, y no usted.
Mínimo al acompañar la documentación a su escrito, debió exhibir la tarjeta de circulación del vehículo, pero le sugiero notifíquele a la agencia automotriz del embargo.
Para fundar mi comentario trascribo los siguientes:
Código de Comercio
Artículo 1367.- Las tercerías excluyentes son de dominio o de preferencia; en el primer caso deben fundarse con el dominio que sobre los bienes en cuestión o sobre la acción que se ejercita alega el tercero, y en el segundo, en el mejor derecho que éste deduzca para ser pagado.
Artículo 1370.- El opositor deberá fundar su oposición precisamente en prueba documental. Sin este requisito se desechará desde luego y sin más trámite.
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx
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Autor
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AutorRespuesta No: 218585
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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Abril de 2011 11:31 2011-04-08 11:31 desde IP: 189.234.187.8
Lo mas importante, es que la empresa vendedora, que si tiene la factura, sea quien inicie la terceria excluyente de dominio, en f¡defensa de sus intereses, o el banco o la unidad de credito, el que tenga en garantia la facti¡ura es quien debe iniciar la terceria excluyente de dominio.
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