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LIQUIDACION
- Consulta : 107768
- Autor : gamara_70_NR
- Publicado : Viernes 01 de Abril de 2011 21:22 desde la IP: 207.117.33.135
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,073
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 01 de Abril de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 217715
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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Abril de 2011 21:57 2011-04-01 21:57 desde IP: 201.158.251.219
Buenas tardes. por su puesto que usted tiene derecho a su indemnizacion constitucional que son tres meses de salario mas 20 dias de salrio dependiendo en el supuesto que usted se encuentre de acuerdo a los articulos 48, 49, 50, 51, de la Ley Federal del Trabajo, usted puede corraborar esta informacion en la ley la puede ver en el portal del congreso o bien si hay una oficina de la comision de derechos humanos ahi tambien la pueden asesor al respecto......
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