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ELLA ESTUDIA. ¿ESO LA HACE REQUERIR PENSION ALIMENTICIA?
- Consulta : 106810
- Autor : chavavaria_NR
- Publicado : Jueves 24 de Marzo de 2011 16:37 desde la IP: 201.138.206.45
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 24 de Marzo de 2011
Estado de Referencia: Michoacán
Buenas tardes.
Esta es mi consulta:
Mi esposa y yo estamos por divorciarnos.
Yo deseo un divorcio voluntario administrativo.
En el código familiar de Michoacán, nuestro estado, se establece:
Artículo 281. Procede el divorcio voluntario administrativo cuando concurran las siguientes circunstancias:
...
VI. Que ninguno de los cónyuges requiera de alimentos.
Artículo 464. Los menores, las personas con discapacidad, los sujetos a estado de interdicción y el cónyuge que se dedique al hogar, gozan de la presunción de necesitar alimentos.
No tenemos hijos. Ella ni es discapacitada ni se dedica al hogar ya que vivimos separados. Ella trabaja y estudia.
En mi opinión ella no requiere alimentos, por lo que se cumple el requisito de "que ninguno de los cónyuges requiera alimentos"...
¿Cuál es su punto de vista legal, señores y señoras foristas?
Saludos.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 216477
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Marzo de 2011 16:44 2011-03-24 16:44 desde IP: 189.137.181.87
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Autor
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AutorRespuesta No: 216478
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Marzo de 2011 16:52 2011-03-24 16:52 desde IP: 189.217.220.188
chavavaria
¿Su conyuge le solicita y/o condiciona para darle el divorcio que le ministre usted alimentos?
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Autor






