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"HOJAS ROSAS DEL IMSS" PARA RECIBIR PENSION POR VIUDEZ

  • Consulta : 106089
  • Autor : Any D´SolMac
  • Publicado : Viernes 18 de Marzo de 2011 00:35 desde la IP: 189.160.82.78
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,078
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  • Autor
    Consulta

  • Any D´SolMac
    USUARIO REGISTRADO

    ME HAN DICHO QUE NECESITO PRESENTAR TODAS LAS HOJAS "ROSAS" DE IMSS DESDE QUE MI PADRE EMPEZO A COTIZAR HACE 35 AÑOS PARA COMPROBAR QUE EN EFECTO TIENE LOS REQUISITOS DE SEMANAS COTIZADAS.... HASTA LA ÚLTIMA ANTES DE SU FALLECIMIENTO.. EL COTIZABA HASTA EL MOMENTO DE SU MUERTE... HACE UNAS SEMANAS...APARTE DE LA PENA QUE NOS EMBARGA POR LA MUERTE DE MI PADRE ..AHORA MI MAMA SUFRE CON LAS VUELTAS QUE LE HACEN DAR SIN RESPUESTA ALGUNA... ES INDIGNANTE QUE BATALLEMOS PARA PEDIRLE AL IMSS ALGO QUE POR DERECHO A MI MADRE LE CORRESPONDE POR LOS AÑOS DE TABAJO DE MI PADRE..NO ESTAMOS PIDIENDO PARA MI MADRE LIMOSNAS... QUE CORAJE Y QUE IMPOTENCIA.. ES ESTO VALIDO PARA QUE LE RECHACEN LOS PAPELES DE SOLICITUD DE PENSION POR VIUDEZ?????????????? POR FAVOR ORIENTENME PARA PODER AYUDAR A MI MADRE.. Y A CUANTA MUJER  CON LA IGNORANCIA TAN GRANDE RESPECTO AL TEMA COMO LA MIA, SE ME ARTAVIESE EN EL CAMINO.. QUE DICHO SEA DE PASO ES   ENORME LA FILA!!!...YO TENGO EL FORO PARA EXPRESAR MI DUDA ..CUANTAS MUJERES HAY QUE SIMPLEMENTE DICEN " NO SE PUDO ,PUES NI MODO" ----

    DE ANTEMANO GRACIAS POR SU AYUDA!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 215720

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Se me hace extraño que le pidan las hojas rosas de treinta y cinco años, ya que este tramite se pide cuando, por algun caso faltan semanas para obtener algun derecho , en el caso de la pension de viudez unicamente en el ramo de semanas se piden 150 y estar vigentes los derechos, y como Usted dice que su papa cotizaba hasta el mometo de su muerte es decir fallecio activo.al viuda tendra derecho al 90% de las pension que a este le tocara en invalidez.

    le paso los requisitos y si podria ampliar su pregunta .

    Pensión de viudez

    Cuando ocurra la muerte del asegurado o del pensionado por un riesgo de trabajo, invalidez, retiro, cesantía en edad avanzada o vejez, el Instituto otorgará a la esposa(o) o concubina(rio), una pensión por viudez.

    Los requisitos para adquirir una pensión de viudez, por parte de la (el) esposa (o) o concubina (rio) del asegurado o pensionado finado son los siguientes:
    • No haber contraído matrimonio o haber entrado en concubinato con persona diferente al asegurado o pensionado fallecido.
    • Que la(el) esposa(o) compruebe el matrimonio civil con el(la) extinto(a) asegurado(a) o pensionado(a).
    • Que la compañera(o) acredite el concubinato con el extinto(a) asegurado(a) o pensionado(a).
    • Que el esposo o concubinario acredite la dependencia económica con la extinta asegurada o pensionada.

    Seguros de Invalidez, Vejez, CEA y Muerte LEY 1973- Invalidez y Vida y RCV Ley 1997

    • Que la muerte del asegurado o pensionado por invalidez, cesantía en edad avanzada o vejez no se deba a un riesgo de trabajo.
    • Que el asegurado al fallecer hubiese tenido reconocido el pago al Instituto de un mínimo de 150 cotizaciones semanales y estar dentro de la conservación de derechos, o bien que se encontraré disfrutando de una pensión de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada.

    Seguro de Riesgos de Trabajo:
    • Que se califique la muerte del asegurado por riesgo de trabajo por Salud en el Trabajo, a través del formato ST-3.
    • Que los servicios de prestaciones económicas cuenten con el formato "ST-3" (dictamen de incapacidad permanente o defunción por riesgo de trabajo).
     
    Seguro de Riesgos de Trabajo e IVCM Ley 1973:

    • Que los Servicios Médicos de Salud en el Trabajo del Instituto dictaminen que el esposo o concubinario se encuentra totalmente incapacitado formato "ST-6" (dictamen de beneficiario incapacitado)
    • Que los Servicios de Prestaciones Económicas cuenten con el formato "ST-6" (dictamen de beneficiario incapacitado).

    Los documentos del asegurado o pensionado que debe presentar el beneficiario para tener derecho a la pensión:
    • Documento que contenga el número de seguridad social expedido por el IMSS, INFONAVIT o AFORE, no necesario cuando presente la credencial ADIMSS original y copia para cotejo.
    • Documento de AFORE: estado de cuenta, impresión obtenida de la página de Internet de la AFORE que maneja la cuenta individual con una antigüedad no mayor a los 6 meses previos a la fecha de la solicitud o contrato firmado con la AFORE, solo si el asegurado cotizó a partir del 1 de julio de 1997, original y copia para cotejo.
    • Clave Única de Registro de Población (CURP) o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población, no necesario cuando se trate de extranjeros que no radiquen en México, original y copia para cotejo. Este documento no es necesario cuando presente la Credencial ADIMSS.
    • Copia certificada del acta de defunción, emitida por el Registro Civil, Este documento se queda en el expediente. Si se trata de documento en  idioma diferente al español, deberá presentar adicionalmente la traducción autorizada o emitida por un perito reconocido por el Tribunal Superior de Justicia de cualquier Entidad Federativa del territorio nacional, o bien a falta de éste por alguna institución o entidad oficial, como son las Universidades o Instituciones autorizadas para ello.

    La (él) beneficiaria(o) viuda(o):
    • Identificación oficial con fotografía y firma (credencial para votar o cartilla del Servicio Militar Nacional o pasaporte o cédula profesional o Credencial ADIMSS), tratándose de extranjeros pasaporte o Forma Migratoria, original y copia para cotejo. Credencial ADIMSS como identificación oficial, original y copia para cotejo;
    • Clave Única de Registro de Población (CURP) o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población, no necesario cuando se trate de extranjeros que no radiquen en México, original y copia para cotejo. Este documento no es necesario cuando presente la Credencial ADIMSS.
    • Comprobante de domicilio de reciente expedición,  no mayor de tres meses a la fecha de la presentación de la solicitud: derechos de agua, luz, teléfono (excepto celular), recibo de gas, certificación de la presidencia municipal (anual) o boleta predial (bimestral o anual del ejercicio vigente),  no es necesario que el comprobante esté a nombre del solicitante, original y copia para cotejo. Este documento no es necesario cuando presente la Credencial ADIMSS.

    La (él) esposa(o): 
    • Copia certificada expedida por el Registro Civil, de acta de matrimonio, con fecha de expedición posterior a la defunción del asegurado, este documento se queda en el expediente. Si se trata de documento en  idioma diferente al español, deberá presentar adicionalmente la traducción autorizada o emitida por un perito reconocido por el Tribunal Superior de Justicia de cualquier Entidad Federativa del territorio nacional, o bien a falta de éste por alguna institución o entidad oficial, como son las Universidades o Instituciones autorizadas para ello.

    La (él) concubina (rio):
    • Constancia testimonial con la que acredite el concubinato expedida por la autoridad judicial competente, con fecha de expedición posterior a la defunción del asegurado, original para expediente.

    El esposo o concubinario:
    • Constancia testimonial con la que acredite la dependencia económica expedida por la autoridad judicial competente, con fecha de expedición posterior a la defunción de la asegurada, original para expediente.


    De no presentar la documentación completa y correcta (sin borraduras, tachaduras o enmendaduras) no se podrá iniciar el trámite.

    El solicitante presentará personalmente la solicitud de pensión en la ventanilla de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar que le corresponda, en días hábiles para el Instituto, en horario de 8:00 a 15:00 horas.

    Para denuncias, comentarios, quejas e información puedes dirigirte al:

    Teléfono: 01800 623 23 23 desde cualquier parte de la república.

     



  • Autor
    Respuesta No: 215942

  • Any D´SolMac
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    MIL GRACIAS!!! que le puedo yo decir!...mejor explicado no pudo estar, le agradezco mucho que se haya tomado el tiempo de

    responder mi duda, su información me es de mucha utilidad y orientación!... que Dios lo bendiga por compartirnos la información, que nos saca de plano de tanta burocracia y palabreria. Muchas Gracias.

    Annie D´Solmac.



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