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PENSION DEL IMSS, Y COBRO DEL AFORE (POR FALLECIMIENTO)
- Consulta : 105871
- Autor : lmap
- Publicado : Miércoles 16 de Marzo de 2011 14:49 desde la IP: 189.158.8.31
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,130
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 16 de Marzo de 2011
hola, quisiera saber si pudiera obtener una pension para mi hijo de 6 años por medio del seguro social, pasa lo siguiente, el año pasado fallecio su papa, el cual estabamos casados, pero en febrero del 2010 nos divorciamos y el murio en septiembre, en ese entonces estaba incapacitado por enfermedad, pero me comentan que por medio del afore q en este caso lo tiene en BANORTE, puedo cobrar la pension para mi hijo, y ademas me regresan algo de su dinero de afore. quisiera saber si es correcto, para acudir alas afores y llevar la documentacion, y ademas saber si ellos cobran algo para realizar ese tramite?
gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 215618
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Marzo de 2011 00:06 2011-03-18 00:06 desde IP: 189.152.11.57
primero tiene que acudir al imss, para que este emita en su caso la resolucion de pension, si en su caso el fallecido se afilio antes del promero de julio de 1997 tenra derecho usted a escoger en representacion de su hijo menor la ley que mas le convenga , si la afiliacion fue despues de la fecha que comento solo podra pensionarse bajo la ley 97.
le paso la tramitologia en el imss.
Pensión de orfandad
Es la prestación económica y médica que recibirán cada uno de los hijos menores de 16 años y hasta 25 años si se encuentran estudiando en planteles del sistema educativo nacional, cuando muera el padre ó la madre, si ellos eran asegurados o pensionados. Podrán solicitar la pensión de orfandad en la Unidad de Medicina Familiar que le corresponde por su domicilio.
Requisitos del asegurado:
En el Seguro de Invalidez, Vejez, CEA y Muerte Ley 1973 y Seguro de Invalidez y Vidas y RCV Ley 1997:
- Que el asegurado al fallecer hubiese tenido reconocidas un mínimo de ciento cincuenta cotizaciones semanales al Instituto y estar en la conservación de derechos, o bien, que se encontrare disfrutando de una pensión de invalidez, cesantía en edad avanzada o vejez.
- Que la muerte del asegurado o pensionado por invalidez, cesantía en edad avanzada o vejez no se deba a un riesgo de trabajo.
- Que los Servicios Médicos de Salud en el Trabajo del Instituto dictaminen la defunción del asegurado (a) por riesgo de trabajo formato "ST-3"(dictamen de incapacidad permanente o defunción por riesgo de trabajo), trámite que deberá iniciar en la Unidad de Medicina Familiar que le corresponda.
- Que los Servicios de Prestaciones Económicas cuenten con el formato "ST-3" (dictamen de incapacidad permanente o defunción por riesgo de trabajo).
Estudiante mayor de 16 años y menor de 25 años de edad:
- Que el (los) hijo (s) huérfano (s) mayores de 16 años hasta los 25 años, se encuentre (n) estudiando en escuelas pertenecientes al Sistema Educativo Nacional y no sean sujetos al régimen obligatorio.
- Que los Servicios Médicos de Salud en el Trabajo del Instituto, dictaminen que el (los) hijo(s) huérfano(s) se encuentre(n) totalmente incapacitado(s), formato "ST-6" trámite que deberá de iniciar en la Unidad de Medicina Familiar que le corresponda.
- Que los Servicios de Prestaciones Económicas cuenten con el formato "ST-6" (dictamen de beneficiario incapacitado).
- Documento que contenga el número de seguridad social expedido por el IMSS, INFONAVIT o AFORE, no necesario cuando presente la Credencial ADIMSS, original y copia para cotejo.
- Clave Única de Registro de Población (CURP) o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población, no necesario cuando se trate de extranjeros que no radiquen en México, original y copia para cotejo. Este documento no es necesario cuando presente la Credencial ADIMSS.
- Documento de AFORE: estado de cuenta, impresión obtenida de la página de Internet de la AFORE que maneja la cuenta individual con una antigüedad no mayor a los 6 meses previos a la fecha de la solicitud o contrato firmado con la AFORE, solo si el asegurado cotizó a partir del 1 de julio de 1997, original y copia para cotejo.
- Copia certificada del acta de defunción, emitida por el Registro Civil, original se queda en el expediente. Si se trata de documento en idioma diferente al español, deberá presentar adicionalmente la traducción autorizada o emitida por un perito reconocido por el Tribunal Superior de Justicia de cualquier Entidad Federativa del territorio nacional, o bien a falta de éste por alguna institución o entidad oficial, como son las Universidades o Instituciones autorizadas para ello.
- Copia certificada expedida por el Registro Civil de acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento, éste documento se queda en el expediente. Si se trata de documento en idioma diferente al español, deberá presentar adicionalmente la traducción autorizada o emitida por un perito reconocido por el Tribunal Superior de Justicia de cualquier Entidad Federativa del territorio nacional, o bien a falta de éste por alguna institución o entidad oficial, como son las Universidades o Instituciones autorizadas para ello.
- En caso de orfandad doble, es decir de padre y madre deberá presentar las dos copias certificadas de las actas de defunción de los padres.
- Identificación oficial con fotografía y firma (credencial para votar o cartilla del Servicio Militar Nacional o pasaporte o cédula profesional o Credencial ADIMSS), tratándose de extranjeros pasaporte o Forma Migratoria, original y copia para cotejo. En caso de ser menor de 9 años de edad se aceptará como identificación la credencial escolar con fotografía expedida por una institución educativa con registro del Sistema Educativo Nacional o documento con fotografía expedido por la Delegación o Municipio en donde se haga constar la identidad del menor, original y copia para cotejo.
- Copia certificada expedida por el Registro Civil de acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento, éste documento se queda en el expediente. Si se trata de documento en idioma diferente al español, deberá presentar adicionalmente la traducción autorizada o emitida por un perito reconocido por el Tribunal Superior de Justicia de cualquier Entidad Federativa del territorio nacional, o bien a falta de éste por alguna institución o entidad oficial, como son las Universidades o Instituciones autorizadas para ello.
- Clave Única de Registro de Población (CURP) o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población, no necesario cuando se trate de extranjeros que no radiquen en México, original y copia para cotejo. Este documento no es necesario cuando presente la Credencial ADIMSS.
- Comprobante de domicilio de reciente expedición, no mayor de tres meses a la fecha de la presentación de la solicitud: derechos de agua, luz, teléfono (excepto celular), recibo de gas, certificación de la presidencia municipal (anual) o boleta predial (bimestral o anual del ejercicio vigente), no es necesario que el comprobante esté a nombre del solicitante, original y copia para cotejo. Este documento no es necesario cuando presente la Credencial ADIMSS.
- Adicionalmente. Constancia de estudios del año en curso, expedida por las escuelas del Sistema Educativo Nacional con validez oficial que contenga la siguiente información: Nombre completo del alumno, nombre y clave del plantel educativo, grado que cursa y ciclo escolar (período que cursa), lugar y fecha en que se expide el documento, firma autógrafa del director del plantel escolar o de la persona en quien este delegada esta función y sello oficial del plantel escolar. En constancias expedidas por centros educativos particulares, clave de incorporación, fecha y número del acuerdo por el que se les otorgó el reconocimiento de validez oficial. Se aceptarán constancias con firma electrónica mismas que deberán contener la liga de acceso de internet del plantel que lo expide y clave o número de verificación. Éste documento se queda en el expediente.
- Adicionalmente, que los Servicios de Prestaciones Económicas cuenten con el Dictamen de Invalidez de beneficiario expedido por los Servicios de Salud en el Trabajo, que acredite el estado de incapacidad, original para expediente.
De no presentar la documentación completa y correcta (sin borraduras, tachaduras o enmendaduras) no se podrá iniciar el trámite.
El solicitante presentará personalmente la solicitud de pensión en la ventanilla de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar que le corresponda, en días hábiles para el Instituto, en horario de 8:00 a 15:00 horas.
Para denuncias, comentarios, quejas e información puedes dirigirte al:
Teléfono: 01800 623 23 23 desde cualquier parte de la república.
Correo electrónico: "prestaciones.economicasimss.gob">prestaciones.economicasimss.gob alt="Correo electrónico" border="0" src="//imss.gob/NR/rdonlyres/2F4EFEA3-1FE1-4C08-AA3E-DD288DA9B17E/0/correo.gif" />
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