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CUSTODIA DE MI HIJA PARA MI MADRE EN CASO DE FALTAR YO
- Consulta : 105327
- Autor : mireya.hernandez_NR
- Publicado : Viernes 11 de Marzo de 2011 15:25 desde la IP: 201.144.157.114
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,090
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 11 de Marzo de 2011
Estado de Referencia: Aguascalientes
Solo para preguntar si en caso de yo faltar mi madre puede conservar la custodia de mi hija, ya que estoy en un proceso de convenio con su padre en cuanto a la convivencia ya que el es un hombre muy violento, de hecho jamas hemos vivido juntos y no le he pedido nunca que se responsabilice ya que yo puedo solventar a mi hija y fué decisión mia mantenerlo así, de vez en cuando le lleva pañales y leche a mi hija, sin emabrgo entre nosottros no existe nada , inclusive el no pierde oportunidad de agredirme verbalmente y amenaza de que en aso de que yo busque otra pareja el me la va a quitar , me gustaria por eso saber hasta donde el tiene esa posiblidad , aparte de queno me gustaria que mi hija tuviera una v ida de violencia . El erro que cometí fué dejar que el le diera su apellido y ahora no se hasta donde pueda traer consecuencias esto .
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 214760
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Fecha de respuesta: Viernes 11 de Marzo de 2011 15:52 2011-03-11 15:52 desde IP: 201.137.9.167
HOLA
USTED LO QUE DEBE DE HACER ES CONSEGUIR LOS SERVICIOS DE UN ABOGADO.
ENTONCES CON LA AYUDA DE SU ABOGADO DEMANDAR ALIMENTOS PROVISIONALES Y EN SU MOMENTO PROCESAL OPORTUNO LA DEFINITIVA , LA GUARDA Y CUSTODIA PROVISIONAL Y EN SU MOMENTO PROVISIONAL LA DEFINITIVA.
Y EN CASO DE QUE EL SEÑOR INCUMPLA CON SU OBLIGACION , MISMA QUE SERA DETERMINADA POR UN JUEZ DE LO FAMILIAR, ENTONCES USTED DEMANDA LA PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD
CON LA PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD , EL NO TENDRA DERECHO A VER AL MENOR, PERO TANDRA LA OBLIGACION DE PROPORCIONAR DE TODOS MODOS ALIMENTOS
Y SI QUIERE RECUPERAR LA MISMA ENTONCES TENDRA QUE GARANTIZAR LA MISMA POR UN AÑO Y PROPORCIONAR LA MISMA POR UN AÑO.
Y SI EL PERSISTE CON SU COMPORTAMIENTO, USTED LE MENCIONA QUE SI LOS SIGUE MOLESTADO VA APROCEDER PENALMENTE POR EL DELITO DE INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES ALIMENTICIAS
SUERTE
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Autor
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AutorRespuesta No: 214764
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Fecha de respuesta: Viernes 11 de Marzo de 2011 16:02 2011-03-11 16:02 desde IP: 187.194.22.113
ponle un hasta aqui...
inicia acciòn penal por incumplimiento en el pago de la pensiòn... no es cuando quiere...es en forma semanal....con copia certificada de los documentos penales...
inicia acciòn civil y familiar de pago y aseguramiento por medio de embargo de pensiòn en favor tuyo y de tu hijo....guarda y custodia de tu hijo para ti...perdida de la patria potestad....
tu hazlo y vas a ver como lo calmas al payaso...y que no te amence...
todos los menores...por ley y criterio de la corte...menores de 12 años...deben estar bajo la guarda y custodia de la madre...se dedique a lo que se dedique...y tu ...puedes salir con quien tu quieras y a la hora que quieras.... y si te dice algo mandalo a la CTM....(vas y ...a tu ...madre...ctm)
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Autor






