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PROCEDIMIENTO DE EMBARGO

  • Consulta : 104870
  • Autor : esquinaoxx
  • Publicado : Martes 08 de Marzo de 2011 02:45 desde la IP: 189.193.17.180
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,075
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  • Autor
    Consulta

  • esquinaoxx
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas noches, estimados y brillantes Abogados, noche a noche enciendo el ordenador para ilustrarme sobre el Derecho, tema que me atrae mucho, sin embargo hoy mi acceso tiene una intención particular, deseo hacerles una consulta, resulta que mi familiar ganó un laudo contra una empresa editorial en la cual laboraba, el Presidente de la Junta ya acordó desde hace 2 meses que procede embargo contra la Empresa, la misma opera de tal forma que sólo cuenta con oficinas rentadas, mobiliario básico y parece que lo que se señale como bienes a embargar no serán suficientes para cubrir con el monto autorizado por la Junta de Conciliación y Arbitraje. En este caso ¿cómo se debe ejecutar el embargo?, es decir cuál es la Estrategia correcta para tener éxito en el cobro, si me pudieran decir los pasos con detalle les agradecería, de antemano mil gracias.

    Le han dicho que acuda a la Procuraduría para la Defensa del Trabajo que ellos se pintan solos para la cobranza, pero imagina que habrá funcionarios corruptos que pidan un porcentaje sobre lo cobrado.

    Esta renuente porque dice que en la mencionada oficina no le explican cómo aplica el cobro de los impuestos.

    Se me olvidaba comentarles que la empresa tiene sucursales en la República Mexicana y al parecer es suficientemente solvente pero oculta sus bienes.

    También consultarles sobre la compra de los derechos litigiosos sobre que porcentajes se estila, cual es el Bufete más seguro para tal operación.

    Y por último si esos derechos litigiosos pueden ser transferidos a un familiar del trabajador y así salvaguardar los beneficios del laudo en favor de la familia del trabajador, hipotéticamente en el caso de deceso del trabajador ¿se extingue automáticamente el derecho de cobrarle a la Empresa?, esta duda queremos disiparla porque un trabajador vecino de mi familiar demandó a su patrón hace 8 años, ganó el caso hace 3 pero falleció a los 4 meses y el patrón feliz, lo triste que la familia por ignorancia, temor o desidia jamás volvió a reclamarle nada y no fue nada justo, finalmente nadie tiene la vida comprada y esta duda persiste porque a los que les consultamos no nos lo han sabido contestar.

    Esta situación se debe a que el Abogado que llevaba el caso de mi familiar se ha dedicado toda su vida a los asuntos del tipo penal, aclaro que no es especialista en materia laboral, creo que es un hombre bien intencionado que conoce a mi familiar desde hace 15 años, pero se enfermó gravemente y está incapacitado, nos explicó que su doctor le recomienda mantenerse alejado por un buen tiempo de la carga excesiva de trabajo y de los problemas en general por la hipertensión y otros padecimientos que padece desde su juventud, y bueno como no tiene problemas económicos sino muy al contrario tiene buena posición económica esto le afecta a mi familiar que ya quiere cobrar para cubrir deudas que contrajo desde el momento de su despido injustificado y tiene el temor de que el tiempo se le pueda pasar para la ejecución del Laudo.

    Muchas Gracias Maestros del Derecho que hacen posible este insuperable espacio jurídico de México.

    ATENTAMENTE

    RAFAEL ESQUINA OSTO.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 214242

  • tuasesorlegal.mty
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La editorial debe tener deudores, es decir personas fisicas y morales que le deban, esos creditos a su favor pueden ser embargados, asi mismo pueden intervenir o embargar la caja es decir las ventas de la editorial para que con su producto se pague al trabajador.

    Si falleciera el trabajador puede su esposa tramitar un paraprocesal de investigacion por muerte a fin de que sea declarada beneficiario y a ella se le pague.

    Tienen 2-DOS años desde la fecha que haya causado ejecutoria el laudo para ejecutar el mismo.-

    Saludos cordiales.-



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