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AYUDA RESPECTO A GASTOS Y COSTAS....GRACIAS
- Consulta : 103273
- Autor : iverson_7630_NR
- Publicado : Miércoles 23 de Febrero de 2011 20:05 desde la IP: 187.192.52.198
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,079
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 23 de Febrero de 2011
Estado de Referencia: Durango
Hola buen dia abogados, mi problema es el siguiente soy madre soltera, demande a mi expareja por que reconociera la paternidad de mi hija, se llevo a juicio yo ofreci la prueba de adn, que me salio muy cara aproximadamente 11,000 pesos, que todavia debo. al momento de desahogar la prueba y ya el juez con los resultados positivos de la paternidad, dijo que llegaramos a un convenio ya que no habia caso de seguir el juicio ya que mi expareja dijo el mismo que si era su hija, la reconocio. entonces se llevo a un convenio pero en el se especifico que este señor si era su padre, que se registrara con su apellido y no se fijo una pension, ni los dias que el hiba a convivir con la niña ya que en ese momento no llegamos un acuerdo de los puntos en mencion, mi duda es la siguiente yo quisiera cobrar esos gastos que hice en el juicio ya que debo la prueba de adn me la fiaron y no tengo dinero para pagarla, y asu vez si la niña tiene derecho apension desde cuando la puedo pedir?, desde que me embarace o desde que nacio? el abogado que yo tenia era de la defensoria y ya no me quizo ayudar ya que segun el ya habia terminado el juicio. ayudenme de antemano muchas gracias por su tiempo....
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 212160
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Febrero de 2011 20:11 2011-02-23 20:11 desde IP: 201.102.3.155
si no tiene dinero, acerquese a trabajo social de la Universidad de su estado para que le asignen un abogado, ahora bien, los alimentos de su hija, corren desde la fecha de nacimiento de ella, lo que debe hacer es demandar la pensión alimenticia en favor de su hija, asi como pensiones caidas, algo dificl de lograr pero si es suscetible sabiendolo manejar, le repito pida el apoyo de trabajo social de la Universidad Local, también puede acudor a la presidencia Municipal a travez de su Jurídico o del DIF local, ojo en este último caso solicite su asesoría para demandar la pensión alimenticia para su hija, por la vía Judicial familiar, no por la conciliatoria que comunmente manejan.
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Autor
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AutorRespuesta No: 212164
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Febrero de 2011 20:23 2011-02-23 20:23 desde IP: 189.194.96.210
si en un juicio se firmo el convenio donde reconoce a la menor y que se registrara a su nombre entonces procede a registrarla tal como acordaron, de alli , el convenio firmado .la prueba de adn y el acta de nacimiento es base de accion para promover el juicio especial de alimentos.
desde que nacio.
en la demanda de recomocimento que interpusiste deberias haber pedido al juez que el demandado fuera condenadoa cubrir los gastos y costas de la prueba de adn, si no pediste eso en la demanda ya nadie te va a reponer ese dinero.
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AutorRespuesta No: 212179
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Febrero de 2011 21:27 2011-02-23 21:27 desde IP: 187.144.167.253
1...lo que no convinieron...ya se perdio...
2...no tienes derecho a gastos y costas... ya que llegaron a convenio... el juez no condeno... no hay derecho a pedirlas... tendras que pagar tus gastos procesales y todos los generados... incluido el adn....
3...le corresponde pension a tu hijo a partir de la fecha del registro del mismo a su nombre....
4...si no llegaron a convenio de alimentos...aseguramiento... guarda...custodia... patria potestad compartida y convivencias...a que llegaron a convenio????
5....vas a tener que iniciar demanda de alimentos y todo lo que antes dije....el tendra que demandar convivencias...mientras no las demande ...no lo dejes convivir...al efecto de que si el juez vuelve a salir con una payasada de convenio....si no se resuelve todo...no concedas convenio.... tendra que dictar sentencia el juez y condenar....
6...repito... los gastos del juicio no se pueden reclamar... ni en el expediente de juicio ni en juicio lateral o incidente....porque no se dicto sentencia y no hay condena a los mismos.... tu abogado te abandono.... no cumplio con la funciòn.... reclamar todo y plearlo en convenio...ni modo....por eso no quieren a los de oficio....
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AutorRespuesta No: 212193
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Febrero de 2011 22:19 2011-02-23 22:19 desde IP: 201.172.190.175
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AutorRespuesta No: 212374
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Febrero de 2011 22:56 2011-02-24 22:56 desde IP: 189.234.195.15
ay!!! victor...no me digas que no sabes que asi se llaman...a las retroactivas...a las generadas pero no cobradas o entregadas....????????????
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AutorRespuesta No: 212755
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Febrero de 2011 20:05 2011-02-26 20:05 desde IP: 189.234.199.193
Bunas Noches:
Si al dictarse la sentencia, no se condeno a gastos y costas, no tienes derecho a los mismos.
Si el convenio se elevò al grado de sentencia ejecutoriada y se pactaron los gastos y costas, no te corresponde y no los puedes reclamar, en el juicio o fuera de este.
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