Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

RECONOCIMIENTO

  • Consulta : 102808
  • Autor : irmis-ios_NR
  • Publicado : Domingo 20 de Febrero de 2011 18:00 desde la IP: 201.167.66.45
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,071
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • irmis-ios_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro

    Les agradeceria mucho su opinion y orientacion con respecto a este caso:

    Yo tube un hijo y lo registre, por mi situacion economica sali de mi estado y me fui a vivir con una tia, ella hera soltera y sin hijos ya la edad de 4 años ella lo registro como su hijo llevando 2 testigos, el mes pasado ella fallecio y no dejo testamento, mis primos estan reclamando no legalmente todavia que a ellos les corresponde y algunas amistades me dicen que deberia de ver lo del registro de mi hijo que al le corresponde, pero yo tengo estas dudas primero el acta no es fraude me refiero a que yo no la invente fue su voluntad de ella y si el juez lo solicitara podria confirmar la firma,

    segundo en caso de hacerlo y que mis primos demandaran que podria pasar, nosotros no falsificamos el acta.

    agradezco su respuesta y les envio un cordial saludo.   

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 211608

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Pues, toda la fortuna de tu tia es DE SU HIJO, el que reconociò, no hay fraude, es su hijo, es su fortuna.

    Busca un abogado especialista.

    Esta el Lic. Garovalo, Josè Manuel Gaytàn Romero, el esta en Querètaro, buscalo el sabe que hacer. 2 48 37 75.





  • Autor
    Respuesta No: 211998

  • LIC. MIGUELANGEL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El segundo registro de tu hijo es nulo de pleno derecho, pero aún tienes derecho a heredar, simpre y cuando tu ascendiente que haya sido pariente consanguíneo de tu tia, ya haya muerto



  • Autor
    Respuesta No: 212002

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    eso es una tonteria... para que sea nulo...debe dictarlo un juez... y debe antes demandarlo alguien que le  afecte... sin esos atributos... es valido de pleno derecho... y mientras no se perturbe mediante juicio... puedes iniciar la acciòn de juicio sucesorio intestamentario a bienes de tu tia en favor de su hijo y tu como tutor dativo....o me equivoco miguel... ????



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión