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PODER PARA JUICIO SUCESORIO TESTAMENTARIO

  • Consulta : 102007
  • Autor : dianafatimam_NR
  • Publicado : Lunes 14 de Febrero de 2011 18:44 desde la IP: 189.250.163.193
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,091
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  • Autor
    Consulta

  • dianafatimam_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Tamaulipas

    solicito urgentemente su apoyo para saber que tipo de poder necesito para que representar a una persona que se encuentra fuera del pais en un juicio sucesorio testamentario y si este se puede otorgar a cualquier persona o tiene que ser a un abogado y si existe algun proble en que otro coheredero represente a otro osea los coherederos son 3 hermanos y uno esta fuera del pais le puede dar poder a su hermano coheredero

     

     

    gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 210615

  • zutareko
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    hay albacea??desconfian de el??

    en ese caso que nombre un interventor,puede ser cualquier persona no estricamente un abogado, a finde vigilar al albacea por  si alguna artimaña quiere dejar en desproteccion al heredero ,nombre a una persona de confianza .



  • Autor
    Respuesta No: 210622

  • dianalex
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    antes que nada gracias por responder de hecho no se ha nombrado el albacea y si desconfiamos del denunciante y con un poder para pleitos y cobranzas es necesario para que la persona que esta fuera sea representado



  • Autor
    Respuesta No: 210623

  • dianalex
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    antes que nada gracias por responder de hecho no se ha nombrado el albacea y si desconfiamos del denunciante y con un poder para pleitos y cobranzas es necesario para que la persona que esta fuera sea representado



  • Autor
    Respuesta No: 210628

  • zutareko
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    puede ser representado  con un poder especial dicho poder  que de facultades al representante para nombrar representante legal y/o interventor ante juicio sucesorio,

    al promover la demanda del sucesorio (supongo intestamentario) ,el promovente debe proporcionar el domicilio de los "coherederos"como usted lo menciona, ( si no hay testamento o no se ha iniciado juicio sucesorio , no son aun coherederos, el interes juridico que se demuestren los vuelve  en expectativa a tal derecho )

    a veces omiten mencionar a alguno de ellos ,pero existe el recurso de otro juicio de peticion de herencia para no quedar fuera de la heredad.

    lo tienen que emplazar aqui o en china, pues el juicio requiere ser oido y si se da por notificado del inicio de la demanda entonces podria  recurrir a lo  expresado en el primer parrafo



  • Autor
    Respuesta No: 210631

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     dianalex

    Le recomiendo ampliamente que el coheredero que se encuentra fuera del país acuda al Consulado Mexicano mas próximo en el país donde se encuentra a fin de que otorgue un Poder Notarial para pleitos y cobranzas y actos de administración y con la facultad de otorgar voto para designar Albacea,proporcionando para este fin el nombre del autor de la sucesión y el tipo de juicio.

    Con dicho Instrumento Notarial el apoderado en nombre del poderdante entre muchas otras facultades podar señalar domicilio aquí  en México para oír y recibir todo tipo de notificaciones aun las de carácter personal, así como todo tipo de documentos y valores.

    Saludos.





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