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PROYECTO DE INCONSTITUCIONALIDAD DEL ABORTO EN EL DF: (FUENTE SCJN)
- Autor : Maxwel Smart
- Fecha : Martes 17 de Febrero de 2009 17:12
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Estimados todos.
En el sitio de la Suprema Corte de Justicia de la Naación, encontré
el proyecto de resolución de la acción de
inconstitucionalidad 146/2007 acumulada con la 147/2007. relativa a la inconstitucionalidad del aborto en el Distrito Federal
Transcribo los resolutivos del proyecto:
Por lo expuesto y fundado, se resuelve:
PRIMERO.- Es parcialmente procedente y parcialmente
fundada la presente acción de inconstitucionalidad.SEGUNDO.- Se sobresee en la presente acción de
inconstitucionalidad, respecto de los artículos 148 del Código
Penal para el Distrito Federal y 16 Bis 7 de la Ley de Salud del
Distrito Federal, en términos del considerando segundo de esta
resolución.
TERCERO.- Se declara la invalidez de la porción normativa
del primer párrafo del artículo 144 del Código Penal para el
Distrito Federal, que señala: “después de la décima segunda
semana de gestación”, así como del segundo párrafo del mismo
artículo; de la porción normativa de la primera parte del primer
párrafo del artículo 145 del Código Penal para el Distrito Federal,
que dice: “después de las doce semanas de embarazo”; y el
artículo Tercero transitorio del Decreto impugnado en su
integridad.
CUARTO.- Se reconoce la validez de los artículos 144 y
145, en las porciones que no han sido declaradas inválidas, 146 y
147 del Código Penal para el Distrito Federal, así como de los
artículos 16 Bis 6, tercer párrafo, y 16 Bis 8, último párrafo, de la
Ley de Salud del Distrito Federal, con la precisión de que las
alusiones relativas a las solicitudes de interrupción del embarazo
que se hacen en las disposiciones de la Ley citada, se entenderán
referidas a los casos contemplados como excluyentes deresponsabilidad en el artículos 148 del Código Penal de la entidad, así como que la interpretación de los artículos 144 y 146
del mismo Código será la establecida en el considerando séptimo de esta ejecutoria.
QUINTO.- Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de
la Federación, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en el
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
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