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AutorRespuesta No: 396181
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Fecha de respuesta: Martes 03 de Octubre de 2017 17:22 2017-10-03 17:22 desde IP: 189.216.143.212
Si se tramita a través de un Juzgado de Materia Familiar, se debe proporcionar el domicilio de la heredera para efecto de que se le notifique de manera personal para que acuda el día y hora que señale el juez para dar lectura la testamento, en caso de que no acuda, se dará lectura al testamento con los herederos que asistan en ese momento se declarará la validez del testamento y la persona que haya sido designada por el testador como albacea deberá aceptar el cargo, una vez que sea notificada y no acuda, ni señale domicilio para oír y recibir notificaciones, ya no se le volverá buscar y todas las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal le surtirán por medio de boletín judicial.
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