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CASA INTESTADA

  • Consulta : 96463
  • Autor : carlangas_2425_NR
  • Publicado : Lunes 03 de Enero de 2011 17:19 desde la IP: 200.38.105.9
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,141
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  • Autor
    Consulta

  • carlangas_2425_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Que tal , mi madre falleció hace 8 años , no dejo testamento , mi padre tiene de fallecido 15 , tengo 5 hermanos todos mayores

    de edad, de los cuales solo 2 vivimos en la casa intestada , yo solo manejo los gastos de la casa , predio , agua , luz , gas , telefóno , etc.

    en la casa , tenemos un local comercial en renta , ahora quiero regularizar todos los papeles , que puedo hacer , existe una manera

    de que como yo tengo los documentos de predio, agua, escrituras y yo lo he estado pagando pueda de alguna manera reclamar para mi esta propiedad ??

    Carlos/ Saludos

     

     

    Ya estoy cansado

     

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  • Autor
    Respuesta No: 202781

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    Usted y / o sus hermanos deben de denunciar el intestado, es un juicio; que se ventila ante un juzgado de lo familiar.

    Una vez hecho esto, el juez radicará la sucesión, y hará un llamamiento de todas las personas que se sientan con derecho a suceder, y se celebrará una junta de herederos, y el juicio segirá en todas sus etapas procesales (inventario, avalúo, administración, partición y adjudicación).

    La única manera de que usted pueda quedarse con la propiedad, es que los co-herederos repudien y le cedan sus derechos, de lo contrario no es posible.

    Los hermanos heredan por partes iguales.



  • Autor
    Respuesta No: 202785

  • consultor77
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Creo que usted ha escuchado de la prescripción positiva o usucapio en la cual una persona que ha habitado un inmueble de manera pública, pacifica, a titulo de dueño, de manera continua y de buena fe por mas de cinco años, puede reclamarla y convertirse en su propietario.

     

    Sin embargo la ley tiene algunas excepciones y entre ellas es que los hijos no pueden prescribir a los padres por lo tanto aunque usted viviera ahi 100 años y no tuviera otros hermanos de cualquier forma tendría que promover el intestado

     

    Por lo que sus hermanos y usted tienen que promover el intestado de sus padres... . si usted ha vivido ahi y ha pagado todo tiene derecho a una compensación sin embargo usted ha vivido ahi... sin pagar renta.. OJO CON ESO.

     

    Hable con sus hermanos y vean la posibilidad de que ellos cedan sus derechos en su favor.. y en caso contrario una vez que se termine el juicio puedan vender y repartir los bienes de manera equitativa... Además que los gastos del juicio debe correr a cargo de todos los herederos.

     

    Saludos

     

    Lic. Elizabeth López

    52195455



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