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MATRIMONIO ENTRE PRIMOS

  • Consulta : 286726
  • Autor : jorge79_40_NR
  • Publicado : Viernes 10 de Abril de 2020 02:33
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,140
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  • Autor
    Consulta

  • jorge79_40_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Coahuila
    Se puede llevar a cabo el matrimonio entre primos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 400427

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Así es. No existe ningún impedimento legal para contraer matrimonio entre primos. Sólo en algunos Estados Neocristeros como Baja California solicitan dispensa.



  • Autor
    Respuesta No: 400429

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    bethzacordero:

    El forista garovalo tiene razón en parte y en parte carece de ella, como se demuestra de la simple lectura del artículo 153 del Código Civil del Estado de Baja California, que en lo conducente previene a la letra:

    ARTICULO 153.- Son impedimentos para celebrar el contrato de matrimonio:

    I y II…

    III.- El parentesco de consanguinidad legítima o natural, sin limitación de grado en línea recta, ascendente o descendente. En la línea colateral igual, el impedimento se extiende a los hermanos y medios hermanos.

    En la colateral desigual, el impedimento se extiende solamente a los tíos y sobrinos, siempre que estén en el tercer grado y no hayan obtenido dispensa;

    IV a X…

    De estos impedimentos sólo son dispensables la falta de edad y el parentesco de consanguinidad en línea colateral desigual.



  • Autor
    Respuesta No: 400431

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    magister.... y yo que tengo que ver con esta consulta?.... y claro que no deben casarse entre primos... aquí en queretaro... se o fue muy común... y salen ciegos...sordos... con dos orejas en un solo lado de la cara... o cosas parecidas... dedos supernumerarios o manos de deformes...



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