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CASA VENDIDA HACE UN AÑO SIN PROBLEMAS DE LIBERTAD DE GRAVAMEN, AHORA EMBARGADA
- Consulta : 285498
- Autor : IsabelM
- Publicado :
Sábado 26 de Enero de 2019 23:30
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,143
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 26 de Enero de 2019
Buenas tardes, hace un año vendí mi casa en Ciudad del Carmen, el día de ayer recibí una llamada de los nuevos dueños y me dicen que no pueden escriturar que porque la notaria les dijo que la casa esta embargada, yo en su momento solicite la libertad de gravamen y todo salio bien sin ningún problema, ahora los dueños actuales quieren sus escrituras y no se las pueden dar, me comentan que me demandaran por fraude, pero yo hice todo de manera legal, si no, la libertad de gravamen no hubiera salido y no se hubiera podido hacer la venta. Que me pueden recomendar? Todo se hizo ante la notaria y no hubo ningún problema en su momento, la notaria apenas hace un mes inicio los tramites de las escrituras de los nuevos dueños, disque porque se les traspapelaron los papeles y ahora yo tengo el problema de una posible demanda por fraude, cuando yo no actué de mala fe y por eso hice todo mi tramite como lo marca la ley.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 399335
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Enero de 2019 00:12 2019-01-27 00:12 desde IP: 189.157.225.187
Si la vendio y no tenia gravamen es porque aun no solicitaban la inscripcion de embargo, posiblemente se deba a una demanda en su contra, por ahora quienes le compraron la casa no podran escriturar hasta que se resuelva ese inconveniente.
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Autor
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AutorRespuesta No: 399339
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Enero de 2019 00:39 2019-01-27 00:39 desde IP: 189.150.232.60
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Autor
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AutorRespuesta No: 399340
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Enero de 2019 01:09 2019-01-27 01:09 desde IP: 201.152.24.211
Es totalmente valido, ya que el embargo del inmueble es contra quien aparece como dueño, el error es no haber escriturado antes, es decir en el momento en el que se hizo el contrato de compraventa; por su parte los compradores podrán demandarle que regularice esta situación y/o en su caso la devolución del pago, pudiendo, ademas, ejercer otro tipo de acción en su contra.
En ocaciones el actor (demandante) traba embargo de un inmueble, pero el registro lo hace tiempo después (3, 4 meses o mas tiempo) es por eso que aunque el demandado haya sido emplazado y embargado el inmueble saldrá libre de gravamen, pero una vez que se haya inscrito no podrá donarse, venderse, hipotecarse, ect.
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