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PENSIóN ALIMENTICIA Y DIVORCIO

  • Consulta : 284119
  • Autor : Aldrynzod
  • Publicado : Miércoles 23 de Mayo de 2018 20:18
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,139
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  • Autor
    Consulta

  • Aldrynzod
    USUARIO REGISTRADO

    Hola buenas tardes, espero me pueda apoyar con dudas que tengo sobre este tema, llevo casi un año de separado, en el cual me he limitado a las reglas de mi ex-pareja, con respecto a cuando poder ver a mi hija, yo he contribuido de manera normal con gastos de mi hija, quincenalmente, pero ahora ella me demanda por pensión alimenticia de la cual no me niego en dar, ella me indica que la demanda su abogado la entrego la semana pasada a RH de la empresa en la que trabajo, hablando a RH me indican que si llego un oficio pero la razón social estaba errónea, me indicaron que en cuanto llegue correcto iniciarán con el descuento vía nomina, esto es correcto? Y que me recomiendan hacer?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 397746

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Es correcto. Lo que entregaron a RH de su empresa es un oficio (no la demanda), para que informen sobre el total de ingresos que percibe, así como la orden para que le descuenten un por ciento de su salario para alimentos de su hija y posiblemente también para su esposa. Es decir que no le entregaron la demanda ya que esa se la deben notificar a Usted personalmente. Le recomiendo que busque el número de expediente y juzgado en el Boletín Judicial Virtual a efecto de acudir personalmente a notificarse y en tiempo y forma conteste la demanda acreditando que ha cubierto los alimentos. Necesita recaudar todos los comprobantes de lo que ha aportado para alimentos de su hija.



  • Autor
    Respuesta No: 397769

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si el oficio viene mal... la empresa no debe corregirlo... y tu no debes darte por enterado hasta el momento de que te corran traslado de la demanda.. . ´pero como se ve que eres necio... tu abogado sabe que hacer... te puede llevar al juzgado para que te notifiques de la demanda ...emplaces... y la puedas contestar... pero sobre el dinero que señalo el descuento... hasta que no se haga en forma correcta... no muevas nada... y no le des tampoco nada... ya que este descuento es por causa de ella... y si es menor el descuento de la cantidad que aportabas... tampoco le des nada... solo lo que ordena el juez... si tu aportas mas... es tu cuento... pero... si te demuestran q puedes dar mas... se amplia el descuento en nomina...



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