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DUDA TESTAMENTO

  • Consulta : 283888
  • Autor : BoxerHtx
  • Publicado : Miércoles 07 de Marzo de 2018 00:41 desde la IP: 189.216.84.206
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,136
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  • Autor
    Consulta

  • BoxerHtx
    USUARIO REGISTRADO

    Hola buenas.noches,mi duda es la siguiente haber si me pueden orientar: Mi abuela tiene 3 meses que falleció,todo había quedado volando,pero apareció un testamento donde específica en el testamento en una cláusula que ese es el único que se debe de respetar aún si se hicieron otros,mi pregunta es,debo de ir a ver a un notario y que haga el procedimiento?o que me recomiendan hacer?gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 397401

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante BoxerHtx:

    No es muy clara su pregunta, por lo que escribe entiendo que existen mas testamentos; ahora bien que señala la clausula que refiere? cual es el testamento mas reciente?.



  • Autor
    Respuesta No: 397403

  • BoxerHtx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola,nose si hay más testamentos,yo tengo un testamento en copias certificadas donde específica una cláusula que si se encontrarán o hicieran nuevos testamentos no son válidos,por esta cláusula en el testamento,esto es verdad?



  • Autor
    Respuesta No: 397404

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No es verdad, el testamento es la declaración voluntaria y última disposición que realiza el testador sobre que quiere que se haga con sus bienes después de su muerte, y cada nuevo testamento que se hace revoca automaticamente al anterior. Así que un testamento no puede contener la cláusula de quesi se hicieren nuenos testamentos, estos serán invalidos. Más sin embargo, como ya lo comenté en nuestro Derecho, el testamento es un acto esencialmente revocable, ya que recoge la voluntad del testador en el momento de su muerte, y por ello puede cambiar hasta ese mismo momento. Por esta razón, no tendrán efecto las cláusulas que expresen la voluntad de no revocarlo en el futuro. La revocación expresa opera cuando el testador hace un testamento posterior a otro ya existente, por el que se deroga expresamente lo dicho en el primero. De este modo: – La revocación puede alcanzar a todo el testamento anterior, o bien solo parte del mismo, dejando subsistente el anterior en el resto. – Puede tratarse de un testamento que establezca nuevas normas sucesorias, o bien de un testamento con un fin solo revocador del anterior. – El testamento revocador no ha de adoptar la misma forma que el revocado; basta con que sea un testamento de cualquier tipo de los admitidos por la ley.









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